Una legislatura, de las elecciones a las elecciones
Una legislatura dura como máximo cuatro años y casi ninguna los cumple: de las dieciséis desde 1977, una llegó al final del mandato, dos acabaron porque el Congreso no invistió a ningún presidente y trece porque el presidente del Gobierno eligió el momento de las elecciones. La ley fija al día cómo empieza una legislatura y deja a quien gobierna la decisión de cuándo acaba.
Mil ciento cuarenta y seis días
La XV Legislatura duró 1.146 días. Empezó con la sesión constitutiva del Congreso, el 17 de agosto de 2023. Terminó el 6 de octubre de 2026, cuando entró en vigor el decreto que disolvió las Cortes (el Congreso y el Senado). Es el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el día 6.1 Son tres años, un mes y diecinueve días.
Una legislatura es el periodo de unas mismas Cortes, desde su sesión constitutiva hasta el decreto que las disuelve. El mandato, en cambio, se cuenta desde las elecciones. La Constitución dice que el Congreso de los Diputados «es elegido por cuatro años». El de 2023 vencía el 23 de julio de 2027, y faltaban 290 días para agotarlo.
El Gobierno sigue con todos sus poderes hasta las elecciones. Los plenos han dejado de reunirse. En cada cámara actúa una Diputación Permanente, un órgano reducido que vela por ella cuando no está reunida y hace sus veces si está disuelta. Las fechas ya están fijadas. Las elecciones son el domingo 29 de noviembre de 2026, y la campaña, del 13 al 27 de noviembre. Las Cortes nuevas se reúnen el 23 de diciembre, a las diez de la mañana.
La figura 25 dibuja el recorrido de una legislatura, de las papeletas a las papeletas siguientes, con las fechas de la XV y de la XVI.
- 23-7-2023 · elecciones
- 17-8-2023 · se constituyen las CortesEl día 25, el último posible.
- 27-9-2023 · primera votación de investidura, perdida172 a favor y 178 en contra. Desde ese día corrían dos meses.
- 16-11-2023 · investidura, 179 a 171Toma de posesión el 17, a los 117 días de las elecciones.
- 6-10-2026 · decreto de disoluciónEl Gobierno gobierna con todos sus poderes y sin Cortes hasta las elecciones.
- 13 al 27-11-2026 · campaña; 28-11, reflexión
- 29-11-2026 · eleccionesEl día 54 desde la convocatoria.
- 23-12-2026 · se constituyen las Cortes de la XVI
Las barras están a escala: la barra entera son los 1.461 días de cuatro años. Los 54 días del decreto a las elecciones están dentro de los 290 sin usar.
La XV Legislatura, disuelta en octubre de 2026, pone los ejemplos de las primeras fases. El calendario de 2026 pone los de las últimas.
Las Cortes se constituyen
Tras las elecciones, la Constitución manda convocar al Congreso electo dentro de los veinticinco días siguientes (artículo 68.6). El decreto de disolución fija el día. En 2023 fue el día 25, el último posible: el 17 de agosto. En 2026 será el 23 de diciembre, el día 24. El Senado se constituye ese mismo día.
La sesión empieza con una mesa provisional. La preside el diputado de más edad presente, con los dos más jóvenes de secretarios (artículo 2 del Reglamento del Congreso). Después se vota la Mesa del Congreso, el órgano de gobierno de la cámara. La presidencia necesita la mayoría absoluta, más de la mitad de los 350 diputados: 176 votos. Si nadie la logra, hay una segunda vuelta entre los dos más votados (artículo 37). En 2023 la presidencia salió elegida con 178 votos.2
Cada diputado jura o promete acatar la Constitución, y la presidencia declara constituido el Congreso (artículo 4). La condición plena de diputado exige además la credencial y la declaración de actividades (artículo 20.1).
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a esa sesión (artículos 24.1 y 90.1), los diputados se organizan en grupos parlamentarios. Por ellos pasa casi todo el trabajo de la cámara. Se forman con quince diputados, o con cinco si su formación política superó un mínimo de votos. Ese mínimo cambia a partir de la XVI, con la reforma del Reglamento del 23 de julio de 2026. Quien no forma grupo va al Grupo Mixto.3 El capítulo 2.3, sobre las Cortes, cuenta qué hacen la Mesa y los grupos.
Las comisiones permanentes legislativas, una por materia, deben constituirse en los diez días hábiles siguientes a la sesión constitutiva (artículos 46.3 y 90.1).
La investidura
Mientras las Cortes se organizan, el Rey consulta a los representantes de los grupos con representación parlamentaria. Después propone un candidato a presidente del Gobierno a través de la presidencia del Congreso (artículo 99.1 de la Constitución). La propuesta necesita refrendo: la presidencia del Congreso la firma junto al Rey y responde de ella (artículo 64.1).
La investidura es la votación en la que el Congreso da su confianza al candidato. Este expone su programa sin límite de tiempo y los grupos le responden. En la primera votación necesita la mayoría absoluta, 176 votos. Si no la logra, cuarenta y ocho horas después se vota de nuevo y basta con más síes que noes (artículo 99.3). Si tampoco así sale investido, el Rey propone a otro candidato, o al mismo, con el mismo procedimiento (artículo 99.4). El capítulo 2.5, sobre el Gobierno, cuenta los precedentes de 2016 y 2019.
Hay además un plazo máximo, el del artículo 99.5. Si pasan dos meses desde la primera votación sin investidura, el Rey disuelve las Cortes y convoca elecciones, con el refrendo de la presidencia del Congreso. Es la disolución automática. Esas elecciones se celebran el día 47 desde la convocatoria, que es la publicación del decreto, y no el 54. La campaña dura ocho días en vez de quince. Lo estableció una ley de 2016. Añadió a la ley electoral (la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General) su disposición adicional séptima. La disolución automática de mayo de 2016 fue anterior a esa ley, de modo que el calendario corto solo se ha aplicado una vez, en 2019.4
La XV muestra el camino largo. El candidato de la lista más votada perdió las dos votaciones, el 27 y el 29 de septiembre de 2023, con 172 síes en cada una. El Rey propuso entonces al candidato del Partido Socialista Obrero Español. Ganó el 16 de noviembre, a los 116 días de las elecciones, por 179 votos contra 171, con mayoría absoluta.5 Los dos meses del artículo 99.5 se contaban desde el 27 de septiembre y vencían el 27 de noviembre. La votación que invistió al presidente cayó once días antes.
Tras la votación, el Rey nombra al investido, con el refrendo de la presidencia del Congreso. Este toma posesión con una promesa o un juramento ante el Rey. Después el presidente propone a los ministros y el Rey los nombra (artículo 100). En 2023 el decreto de nombramiento se firmó el 16 de noviembre. El presidente prometió el cargo el 17, a los 117 días de las elecciones, y los veintidós ministros lo hicieron el 21, a los 121.6
Hasta que toma posesión el nuevo Gobierno, el anterior sigue en funciones (artículo 101.2). Un Gobierno en funciones se limita al despacho ordinario de los asuntos públicos. No puede, por ejemplo, aprobar el proyecto de presupuestos ni presentar proyectos de ley (artículos 21.3 y 21.5 de la Ley 50/1997, del Gobierno).
La XV fue de las lentas: solo en 2016, con 127 días, se tardó más. Entre 1979 y 2023, de las elecciones a la toma de posesión del presidente pasó una mediana de 37 días. La mitad de las veces se tardó menos, y el mínimo fue de 31, en 2011. Dos legislaturas, la XI (elegida en diciembre de 2015) y la XIII (abril de 2019), terminaron sin investidura.7
Los primeros pasos del Gobierno
Con el presidente nombrado, lo primero es decidir qué ministerios hay. El presidente lo hace por real decreto (artículo 2.2.j de la Ley 50/1997). En 2023 lo hizo el 20 de noviembre, tres días después de tomar posesión, con veintidós ministerios.8
El presupuesto no espera. El Gobierno debe presentar el proyecto de presupuestos antes del 1 de octubre (artículo 134.3 de la Constitución). Uno en funciones no puede aprobarlo (artículo 21.5.a de la Ley 50/1997). Quien toma posesión a mediados de noviembre, como en 2023, encuentra vencido el plazo del 1 de octubre. Empieza el año con las cuentas del año anterior, prorrogadas. La XV no tramitó después ningún proyecto de presupuestos.9
Un año normal: sesiones, plenos y presupuestos
Pasado el arranque, la legislatura sigue un ritmo anual. Las cámaras trabajan en dos periodos de sesiones, de septiembre a diciembre y de febrero a junio (artículo 73.1 de la Constitución). Fuera de ellos solo hay sesiones extraordinarias. Las piden el Gobierno, la Diputación Permanente o la mayoría absoluta de la cámara. Tratan solo los asuntos del orden del día fijado al convocarlas (artículo 73.2).
En cada periodo, la Mesa del Congreso fija el calendario de plenos, tras oír a la Junta de Portavoces (artículo 31.1.6.º del Reglamento del Congreso). La Junta reúne a los portavoces de los grupos. Por regla general, los plenos se celebran entre el martes y el viernes (artículo 62.1).
Entre lo que vota el pleno están las leyes, que cuenta el capítulo 2.4, sobre el procedimiento legislativo, y los decretos-leyes. Son normas con rango de ley que dicta el Gobierno por su cuenta. Rigen, por lo general, desde que se publican, y el Congreso las convalida o las deroga después.
El año tiene además un ciclo de presupuestos en tres pasos, que ordenan la Constitución, el Reglamento del Congreso y una ley orgánica:
- En el primer semestre, el Gobierno fija los objetivos de déficit y de deuda y el límite de gasto del Estado, el llamado techo de gasto, y el Congreso y el Senado votan los objetivos (artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de estabilidad presupuestaria).10 El techo de 2027 se aprobó el 7 de julio de 2026, ya fuera de ese semestre. Si el Congreso rechaza los objetivos, el Gobierno tiene un mes para presentar otros. Si los rechaza el Senado, desde 2024 basta con que el Congreso los ratifique por mayoría simple: la Ley Orgánica 2/2024 quitó a la otra cámara la capacidad de bloquearlos.11
- Antes del 1 de octubre, el Gobierno presenta en el Congreso el proyecto de presupuestos. El pleno lo debate en su conjunto, la comisión de Presupuestos lo enmienda y el pleno lo vota en un debate final (artículos 133 y 134 del Reglamento del Congreso).
- Si el 1 de enero no hay ley, se prorrogan los presupuestos del año anterior (artículo 134.4 de la Constitución).
En la XV el ciclo se interrumpió. Desde 2024 el Estado funciona con las cuentas de 2023 prorrogadas. El capítulo 4.2, sobre el gasto público, cuenta cómo se debaten los presupuestos y qué efectos tiene la prórroga. El 4.3, sobre deuda, déficit y reglas fiscales, cuenta las reglas que hay detrás del techo de gasto.
Lo que puede torcer una legislatura
Una legislatura tranquila tiene mayoría y presupuestos. Cuando falta alguna de las dos, puede salirse de su curso por cuatro vías. El capítulo 2.6, sobre censura, confianza y disolución, las cuenta con sus fuentes:
- Una moción de censura. Es la votación con la que el Congreso sustituye al presidente. La presentan 35 diputados con un candidato y prospera con 176 votos (artículo 113 de la Constitución). Si prospera, el candidato queda investido en el mismo acto (artículo 114.2). Ha prosperado una vez, el 1 de junio de 2018, en la XII Legislatura, que tuvo por eso dos presidentes del Gobierno sin interrumpirse.
- Una cuestión de confianza. La plantea el propio presidente para comprobar que sigue contando con el Congreso, y se gana con más síes que noes (artículo 112). Se ha planteado dos veces, en 1980 y 1990, y las dos se ganaron.
- Una dimisión del presidente. La de enero de 1981 acabó en una investidura y no en elecciones.
- Un presupuesto que se pierde. El 13 de febrero de 2019 el Congreso devolvió el proyecto de presupuestos al Gobierno, y el 15 de febrero el presidente anunció elecciones.12
La XV no vivió ninguna de las cuatro vías y acabó igualmente con un decreto del presidente.
Cómo termina
El máximo lo pone la Constitución. El mandato de los diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución (artículo 68.4). Si no hay adelanto, la ley electoral prevé un calendario propio. El decreto se firma veinticinco días antes de que acabe el mandato, y las elecciones se celebran el día 54 desde la convocatoria (artículo 42.2). La XV agotaba su mandato el 23 de julio de 2027. Su decreto se habría firmado el 28 de junio de 2027 y las elecciones habrían sido el domingo 22 de agosto.13
De las dieciséis legislaturas desde 1977 (la Constituyente de 1977-1979 y las quince numeradas), solo la X, la de 2011 a 2015, siguió ese calendario. Su decreto se firmó el 26 de octubre de 2015, veinticinco días antes del vencimiento del mandato, y las elecciones fueron el 20 de diciembre. Las dieciséis acabaron de tres maneras:
- El presidente decide. Así acabaron trece legislaturas: el presidente decidió el momento, con cuatro límites que enumera el capítulo 2.6, sobre censura, confianza y disolución. En diez de las trece, el adelanto fue de menos de un año. La Constituyente, elegida antes de la Constitución, no estaba sujeta al máximo de cuatro años: el presidente eligió el momento dentro de los treinta días siguientes a la promulgación de la Constitución, que le concedió la disposición transitoria octava.14
- Falla la investidura. Dos legislaturas, la XI y la XIII, acabaron por la disolución automática del artículo 99.5, tras 111 y 126 días de vida.
- Se agota el mandato. Solo ocurrió con la X, aunque su decreto, firmado en la fecha que habría tocado sin adelanto, invocó formalmente el artículo 115 de la Constitución y el 42.1 de la ley electoral, los de la disolución anticipada.
La figura 26 pone las dieciséis legislaturas en una escala común.15
La barra entera son los 1.461 días de cuatro años. Trece legislaturas acabaron por decisión del presidente (anticipada), dos por el artículo 99.5 y una por fin de mandato. Cálculo propio con las fechas del Congreso y de los decretos de disolución. Mediana de la I a la XV: 1.252 días.
El decreto de disolución
Cuando decide el presidente, el procedimiento es este. Lo delibera antes en el Consejo de Ministros, la reunión del presidente con sus ministros. Después propone al Rey, bajo su exclusiva responsabilidad, disolver las Cortes. El Rey lo decreta (artículo 115.1 de la Constitución). El mismo decreto convoca las elecciones, porque fija su fecha. Se publica en el BOE al día siguiente de firmarse y entra en vigor ese día (artículo 42.1 de la ley electoral). El de 2026 se firmó el 5 de octubre y rige desde el 6.
Desde el decreto hasta que se reúnan las Cortes nuevas, cada cámara queda en manos de su Diputación Permanente. Esta solo asume algunos de sus poderes. Tiene al menos veintiún miembros, en proporción a los grupos, y la preside el presidente de la cámara (artículo 78 de la Constitución). Asume dos cosas: convalidar o derogar los decretos-leyes que dicte el Gobierno y atender los estados de alarma, excepción y sitio (artículos 86 y 116). No aprueba leyes. Desde el 6 de octubre de 2026 ejercen sus funciones la Diputación Permanente del Congreso y la Mesa.16
Ese poder de dictar decretos-leyes con las Cortes disueltas se usa. El mismo 6 de octubre el Gobierno aprobó de nuevo los dos decretos-leyes de vivienda que el Congreso había derogado el día 2. Lo cuenta el capítulo 6.4, sobre vivienda. Ahora decide sobre ellos la Diputación Permanente, cuya composición reproduce la de la cámara disuelta.17
Con las Cortes caducan los asuntos que tenían en trámite: decaen sin votarse y habría que presentarlos de nuevo. Se salvan los que corresponde conocer a la Diputación Permanente (artículo 207 del Reglamento del Congreso y disposición adicional primera del Reglamento del Senado).18 Las iniciativas legislativas populares, las que firman los ciudadanos, siguen vivas en la legislatura siguiente. También pueden pasar las proposiciones de ley de los parlamentos autonómicos que aún no se hayan tomado en consideración, si así lo acuerda la Mesa de la Diputación Permanente (capítulo 2.4, sobre el procedimiento legislativo).
El Gobierno, en cambio, no queda en funciones al disolverse las Cortes. Cesa «tras la celebración de elecciones generales» y sigue en funciones, con sus límites, hasta que tome posesión el siguiente (artículo 101 de la Constitución). La disolución automática del artículo 99.5 es distinta. El Gobierno ya estaba en funciones desde las elecciones anteriores y sigue con sus límites.19
Si el presidente disuelve las Cortes, el Gobierno no queda en funciones: sigue con todos sus poderes y sin ningún pleno que pueda censurarlo hasta las elecciones, 54 días después de la convocatoria.
Rigen, en cambio, unos límites propios de la campaña, desde la convocatoria hasta la votación. Los poderes públicos no pueden inaugurar obras ni organizar actos que presuman de logros (artículos 50.2 y 50.3 de la ley electoral).20
Del decreto a la votación: el calendario
Desde la convocatoria, la ley electoral cuenta los días. Las elecciones caen el día 54 (artículo 42.1). Contando desde el 6 de octubre, es el domingo 29 de noviembre. Entre medias, la ley fija estos hitos:
- Los partidos presentan sus candidaturas entre los días 15 y 20 (artículo 45), del 21 al 26 de octubre.
- Las juntas electorales, los órganos que vigilan el proceso, proclaman a los candidatos el día 27, el 2 de noviembre (artículo 47.3).
- La campaña electoral, el periodo en el que los partidos piden el voto con actos y propaganda, empieza el día 38 y dura quince días (artículo 51). En 2026, del viernes 13 al viernes 27 de noviembre (artículo 4 del Real Decreto 806/2026).
- El sábado 28 es la jornada de reflexión. La ley electoral no la nombra: dice que la campaña termina a las cero horas del día anterior a la votación (artículo 51.3) y que después no puede haber propaganda ni actos de campaña (artículo 53).
- Se vota el domingo 29 de noviembre, de las nueve de la mañana a las ocho de la tarde (artículo 84.1).
La noche electoral y la proclamación
A las ocho de la tarde se cierran las mesas y empieza el recuento. El escrutinio provisional de esa noche lo publica el Ministerio del Interior y no tiene valor jurídico.
El resultado oficial sale del escrutinio general. Lo hace cada junta electoral provincial, que empieza el quinto día después de la votación y no puede acabar más tarde del octavo (artículos 103.1 y 107.2). En 2026 empieza el viernes 4 de diciembre y acaba, como tarde, el lunes 7. En él entra el voto de los residentes en el extranjero. Después llegan las reclamaciones y la proclamación de electos, que convierte el resultado en diputados y senadores (artículo 108). Contra la proclamación cabe el recurso contencioso-electoral, la vía judicial para impugnarla. Se presenta en tres días ante la junta electoral que proclamó, y en las generales lo resuelve el Tribunal Supremo (artículo 112).21 El capítulo 1.4, sobre el voto, cuenta cada paso.
Y vuelta a empezar
Con las elecciones del 29 de noviembre de 2026 vuelve a empezar el ciclo. Veinticuatro días después, el 23 de diciembre, se reúnen las Cortes de la XVI Legislatura. Su mandato vencería el 29 de noviembre de 2030. Desde las elecciones, el Gobierno anterior queda en funciones hasta que tome posesión un presidente nuevo.
El primer 1 de enero de la XVI llegará sin ley de presupuestos. El Gobierno no presentó el proyecto antes del 1 de octubre de 2026, y con las Cortes disueltas no se puede tramitar. Seguirán prorrogadas las cuentas de 2023, por cuarto año.
La Constitución de 1978 puso un máximo de cuatro años y no una fecha. Dejó la decisión de cuándo acabar en manos del presidente del Gobierno, con cuatro límites y un único requisito de trámite: deliberarlo en el Consejo de Ministros (artículo 115.1). Lo combinó con una censura constructiva, que obliga a la oposición a proponer un sustituto antes de echar a un presidente. El capítulo 2.6, sobre censura, confianza y disolución, cuenta su origen alemán. Juntas forman un reparto. La oposición no puede tumbar al Gobierno sin tener otro, y el Gobierno puede acudir a las urnas cuando pierde el control del Congreso.
El resultado es un calendario con dueño. Once de las dieciséis legislaturas acabaron en el último año del mandato, y en diez fue el presidente quien eligió la fecha.
La entrada, en cambio, está fijada al día. La Constitución exige que las Cortes se reúnan en los veinticinco días siguientes a las elecciones. La ley electoral reparte el resto de los plazos (lo cuenta el capítulo 1.4, sobre el voto). Hasta octubre de 2016 la disolución automática no tenía plazos propios. La ley que le añadió el calendario corto de 47 días la trata en su preámbulo como «una situación especial». Y justifica la campaña más corta porque, al convocarse esas elecciones «de forma automática», los candidatos no necesitan el mismo tiempo.22 Las dos veces que se aplicó la disolución automática, las nuevas Cortes acabaron invistiendo a un presidente. Eso no prueba que sea la mejor salida, pero muestra que obligó a decidir.
| Duración máxima del mandato | 4 años | Desde la elección y no desde la constitución de las Cortes (Constitución, art. 68.4) |
| De la convocatoria a las elecciones | 54 días | 47 en la disolución automática del art. 99.5 (Ley Orgánica 5/1985, art. 42 y disposición adicional séptima) |
| De las elecciones a la constitución de las Cortes | 25 días, como máximo | 25 en 2023 y 24 en 2026 (Constitución, art. 68.6) |
| Legislaturas desde 1977 | 16 | La Constituyente (1977-1979) y la I a la XV |
| Cómo acabaron | 13, 2 y 1 | Por decisión del presidente, por el art. 99.5 (2016 y 2019) y por fin de mandato (2015) |
| Duración mediana de una legislatura | 3,4 años | De la constitución a la disolución, de la I a la XV; la media, casi 3 años |
| La más larga y la más corta | 1.414 y 111 días | La X Legislatura (2011-2015) y la XI (2016) |
| La XV Legislatura, hasta el decreto | 1.146 días | Del 17-8-2023 al 6-10-2026; faltaban 290 para los cuatro años |
| Las trece investiduras con toma de posesión | 37 días, la mediana | Días de las elecciones a la toma de posesión del presidente; media de 53; de 31 en 2011 a 127 en 2016 |
| Investidura tras las elecciones de 1979 | 32 días | De las elecciones (1-3-1979) a la toma de posesión (2-4-1979) |
| Investidura tras las de 1982 | 35 días | 28-10-1982 a 2-12-1982 |
| Investidura tras las de 1986 | 32 días | 22-6-1986 a 24-7-1986 |
| Investidura tras las de 1989 | 38 días | 29-10-1989 a 6-12-1989 |
| Investidura tras las de 1993 | 37 días | 6-6-1993 a 13-7-1993 |
| Investidura tras las de 1996 | 63 días | 3-3-1996 a 5-5-1996 |
| Investidura tras las de 2000 | 45 días | 12-3-2000 a 26-4-2000 |
| Investidura tras las de 2004 | 34 días | 14-3-2004 a 17-4-2004 |
| Investidura tras las de 2008 | 34 días | 9-3-2008 a 12-4-2008 |
| Investidura tras las de 2011 | 31 días | 20-11-2011 a 21-12-2011 |
| Tras las elecciones de diciembre de 2015 | Sin investidura | Votaciones del 2 y 4-3-2016: 130 y 131 síes, 219 noes; disolución el 3-5-2016 |
| Investidura tras las de junio de 2016 | 127 días | 26-6-2016 a 31-10-2016; falló el 31-8 y el 2-9 (170 síes, 180 noes) y salió el 29-10 (170, 111 y 68) |
| Tras las elecciones de abril de 2019 | Sin investidura | Votaciones del 23 y 25-7-2019: 124 síes, 170 y 155 noes; disolución el 24-9-2019 |
| Investidura tras las de noviembre de 2019 | 59 días | 10-11-2019 a 8-1-2020; 167 síes, 165 noes y 18 abstenciones |
| Investidura tras las de 2023 | 117 días | 23-7-2023 a 17-11-2023, aunque la investidura fue el día 116; falló en septiembre (172 síes, 178 y 177 noes) y salió el 16-11 (179 síes, 171 noes) |
Los grandes países del entorno reparten de otra manera la decisión de acabar una legislatura. En Alemania, el Bundestag, la cámara baja, dura cuatro años y el canciller no puede disolverlo por sí solo. El presidente federal lo disuelve en dos casos. El primero es que el canciller pierda una cuestión de confianza y proponga la disolución. El segundo es que el Bundestag elija canciller sin llegar a la mayoría de sus miembros y el presidente decida no nombrarlo. Tras una disolución, las elecciones son en 60 días.23
En Francia, el presidente de la República disuelve la Asamblea Nacional tras consultar al primer ministro y a los presidentes de las dos cámaras. Las elecciones son entre 20 y 40 días después. Y el presidente no puede disolverla de nuevo en el año siguiente a esas elecciones.
En Italia, las cámaras duran cinco años y las disuelve el presidente de la República, oyendo a los presidentes de las dos cámaras. No puede hacerlo en los últimos seis meses de su propio mandato, salvo que coincidan con los seis últimos de la legislatura.24
El Reino Unido fijó por ley en 2011 la duración de la legislatura. Solo permitía elecciones anticipadas si votaban a favor dos tercios de la cámara baja o tras una moción de falta de confianza. La derogó en 2022. Volvió la prerrogativa del primer ministro, con un tope de cinco años.25
En España, el presidente del Gobierno propone la disolución y el Rey la decreta, con cuatro límites. Las elecciones llegan 54 días después de la convocatoria.
¿Debe la ley fijar la fecha de las elecciones generales?
Con una fecha fija, el presidente deja de elegir el momento que más le conviene. Y los demás partidos y los votantes saben con antelación cuándo se vota. De las dieciséis legislaturas desde 1977, solo una agotó el mandato, y trece las acabó la decisión del presidente. Con una fecha segura, los presupuestos y las reformas se pueden planificar a cuatro años.
La Constitución dio la fecha al presidente junto a una censura que exige un sustituto. Quitarle la fecha sin tocar la censura rompe el equilibrio entre las dos. Con fecha fija, un Gobierno sin mayoría tendría que aguantar hasta el final, o la ley tendría que prever salidas. El Reino Unido lo hizo de 2011 a 2022. Su ley permitía adelantar las elecciones con dos tercios de la cámara baja, y la derogó. Tampoco impidió los adelantos. Hubo elecciones anticipadas en 2017, con 522 votos contra 13, y en 2019, por una ley hecha para la ocasión.26
¿Deben caducar los proyectos pendientes cuando se disuelven las Cortes?
Las Cortes nuevas salen de otro reparto de fuerzas y pueden no querer lo que dejó la cámara anterior. Si los proyectos siguieran vivos, un Gobierno que pierde las elecciones dejaría atada la agenda de su sucesor. Y el Gobierno que gane siempre puede recuperar lo que le interese presentándolo de nuevo.
Se pierde el trabajo hecho, las ponencias y los informes de meses. El Gobierno que quiera aprovecharlo tiene que volver a presentar el texto. La regla está en los reglamentos de las cámaras y no en la Constitución, y ya admite excepciones, como la iniciativa legislativa popular. Además favorece a quien quiere frenar un proyecto. Si lo mantiene parado hasta la disolución, muere sin votarse.
«El Rey decide quién gobierna.»
Quién decideEl Rey propone un candidato después de consultar a los grupos. Pero la propuesta la refrenda la presidencia del Congreso, y el Rey solo nombra a quien el Congreso ha investido (artículos 99 y 64.1 de la Constitución). En 2016 el candidato de la lista más votada declinó la propuesta y el Rey propuso a otro.27 Quien decide es el que reúne los votos.
«El presidente puede disolver las Cortes cuando quiera.»
Los límitesDecide él, con cuatro límites. No puede si hay una moción de censura en trámite, ni antes de un año desde la disolución anterior. Tampoco puede con un estado de alarma, excepción o sitio declarado, ni estando el Gobierno en funciones. Y debe deliberarlo antes el Consejo de Ministros (artículos 115 y 116.5 de la Constitución y 21.4.a de la Ley 50/1997).
«Gobierna el partido más votado.»
Qué dice la reglaNinguna norma lo dice. Gobierna quien reúne 176 votos en la primera votación o más síes que noes en la segunda. En 2023 la lista más votada perdió las dos votaciones y el segundo candidato ganó por 179 a 171.
«Con la disolución, el Gobierno queda en funciones.»
El momentoNo, si la disolución la decide el presidente. El Gobierno cesa tras las elecciones y no al disolverse las Cortes (artículo 101.1 de la Constitución). Entre la disolución de 2026, en vigor desde el 6 de octubre, y las elecciones del 29 de noviembre conserva todos sus poderes. Queda en funciones desde las elecciones, hasta que toma posesión el siguiente.
«Una legislatura dura cuatro años.»
Es el máximoEs el máximo, y solo una de las dieciséis desde 1977 siguió el calendario de fin de mandato. La mediana de las quince con Constitución es de 3,4 años. Las dos más cortas, de 111 y 126 días, acabaron porque no hubo investidura.
El censo electoral es la lista de quienes pueden votar. Lo elabora la Oficina del Censo Electoral, y los ayuntamientos lo exponen antes de cada elección. Se cierra antes de la convocatoria, así que quien se muda de provincia justo antes de unas elecciones vota donde figuraba antes (artículo 39 de la ley electoral).
El voto por correo existe para cualquier elector y lo gestiona Correos, bajo la vigilancia de las juntas electorales. La Junta Electoral Central fijó en 2023 que el voto se entrega en persona y que no vale el sobre echado a un buzón.28
Si vives en el extranjero y estás en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), desde 2022 recibes la documentación sin pedirla. Puedes votar por correo o en la urna del consulado.
Las mesas electorales. Sus miembros se sortean entre los electores de cada sección y el cargo es obligatorio. Decide sobre las excusas la Junta Electoral de Zona, el escalón local de la administración electoral (artículos 26 y 27). Quien es presidente o vocal de mesa y trabaja por cuenta ajena o es funcionario tiene permiso pagado el día de la votación y una reducción de jornada al día siguiente (artículo 28.1).
- Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre («BOE» núm. 248, de 6 de octubre de 2026): disuelve las Cámaras «elegidas el día 23 de julio de 2023» (artículo 1), convoca elecciones para el 29 de noviembre (2), fija la campaña (4), cita a las nuevas Cortes el 23 de diciembre a las diez horas (5) y entra en vigor el día de su publicación (disposición final única). La sesión constitutiva de la XV fue el 17 de agosto de 2023 (Diario de Sesiones, Pleno, XV Legislatura, núm. 1). Los 1.146 días y los 290 son cálculo propio con esas fechas y con las elecciones del 23 de julio de 2023 (Real Decreto 400/2023, artículo 2). La cita del segundo párrafo es el artículo 68.4 de la Constitución: «El Congreso es elegido por cuatro años». ↩
- Diario de Sesiones del Congreso, Pleno, XV Legislatura, núm. 1, de 17 de agosto de 2023: la presidencia salió elegida con 178 votos, sobre una mayoría absoluta de 176 (artículo 37 del Reglamento del Congreso). ↩
- Reglamento del Congreso, artículo 23.1, y reforma del 23 de julio de 2026 («BOE» de 28 de julio), que «entrará en vigor en la XVI legislatura». Los plazos en días son hábiles salvo disposición en contrario (artículo 90.1). ↩
- Ley Orgánica 2/2016, de 31 de octubre («BOE» de 1 de noviembre), que añadió la disposición adicional séptima: el decreto se expide el día siguiente a que expire el plazo de dos meses, las elecciones son el día 47 posterior y la campaña empieza el día 38 y dura ocho días. Su preámbulo habla de «una situación especial». Las dos disoluciones por el artículo 99.5 son las del Real Decreto 184/2016, de 3 de mayo, y el Real Decreto 551/2019, de 24 de septiembre. ↩
- Congreso de los Diputados, Sesiones de investidura, XV Legislatura: 172 votos a favor y 178 en contra el 27 de septiembre de 2023, y 172 a favor y 177 en contra el 29; 179 a favor y 171 en contra el 16 de noviembre. El Rey propuso al primer candidato el 22 de agosto y al segundo el 3 de octubre (ficha de la XV). Los 66 y 116 días son cálculo propio desde el 23 de julio. Los dos meses se cuentan de fecha a fecha: en 2016, del 2 de marzo al decreto del 3 de mayo, y en 2019, del 23 de julio al decreto del 24 de septiembre. ↩
- Real Decreto 828/2023, de 16 de noviembre, de nombramiento, con refrendo de la presidencia del Congreso («BOE» del 17); promesa del presidente el 17 y de los ministros el 21 (La Moncloa, 17 y 21 de noviembre de 2023). Los 121 y los 117 días son cálculo propio desde el 23 de julio. ↩
- Cálculo propio con las fechas de las elecciones y de la toma de posesión de cada presidente, de las fichas del Congreso (Sesiones de investidura), de La Moncloa (Gobiernos por legislaturas) y de los reales decretos de nombramiento del BOE. En 2000, La Moncloa sitúa la promesa el 26 de abril y el BOE publica el decreto el 27: se cuentan 45 días. La de 2016 cuenta desde las elecciones de junio, aunque el Gobierno estaba en funciones desde las de diciembre de 2015 (316 días, como cuenta el capítulo 2.5). ↩
- Artículo 2.2.j de la Ley 50/1997, del Gobierno, y Reales Decretos 829/2023 (BOE-A-2023-23537) y 830/2023, de 20 de noviembre, de reestructuración de los departamentos ministeriales y de las vicepresidencias, publicados el 21. ↩
- Constitución, artículos 134.3 y 134.4, y artículo 21.5.a de la Ley 50/1997. Ninguno de los 115 proyectos de ley del Gobierno de la XV que constan en los datos abiertos del Congreso (fichero generado el 6 de octubre de 2026) es de presupuestos generales del Estado: búsqueda de «presupuesto» en el campo del objeto. ↩
- Artículo 15, apartados 1 y 6, de la Ley Orgánica 2/2012: el Gobierno fija «en el primer semestre de cada año» los objetivos de estabilidad y de deuda y el límite de gasto no financiero, y el Congreso y el Senado votan los objetivos, no el límite de gasto. El Consejo de Ministros aprobó el techo de 2027 el 7 de julio de 2026, ya en el segundo semestre, como cuenta el capítulo 4.2. El proyecto se presenta «al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior» (artículo 134.3 de la Constitución). ↩
- Artículo 15.6 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en la redacción que le dio la disposición final cuarta de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, en vigor desde el 22 de agosto de 2024: «Si aprobados los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública por el Congreso, los mismos fuesen rechazados por el Senado, dichos objetivos se someterán a nueva votación en el Pleno del Congreso, aprobándose si este los ratifica por mayoría simple. Si son rechazados, el Gobierno, en el plazo máximo de un mes, remitirá un nuevo acuerdo que se someterá al mismo procedimiento». Antes, el rechazo de cualquiera de las dos cámaras obligaba a presentar un acuerdo nuevo. La disposición transitoria tercera de esa ley aplicó el cambio a la tramitación que estuviera en curso. Consultado en octubre de 2026. ↩
- El 13 de febrero de 2019 el Pleno del Congreso aprobó, por 191 votos a favor, 158 en contra y una abstención, las enmiendas de devolución del proyecto de presupuestos; el 15 de febrero el presidente anunció elecciones para el 28 de abril, y el Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo, disolvió las Cortes. Las fuentes de cada desvío están en el capítulo 2.6. ↩
- Cálculo propio sobre el artículo 42.2 de la ley electoral y el 68.6 de la Constitución: con el mandato hasta el 23 de julio de 2027, el decreto se expediría el 28 de junio, se publicaría el 29 y las elecciones, 54 días después, serían el 22 de agosto, 30 días después de terminar el mandato, el mínimo del artículo 68.6. Así fue en la X: mandato hasta el 20 de noviembre de 2015, Real Decreto 977/2015 de 26 de octubre y elecciones el 20 de diciembre. El decreto se dictó «de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución» y con el artículo 42.1 de la ley electoral, la vía de la disolución anticipada, no con el 42.2. ↩
- Real Decreto 3073/1978: la disposición transitoria octava «faculta al Presidente del Gobierno para optar» entre el artículo 115 y el 99, «dentro del período de treinta días» desde la promulgación de la Constitución. ↩
- Cálculo propio con las fechas de constitución del Congreso (ficha de cada legislatura) y de entrada en vigor de cada decreto de disolución: Reales Decretos 3073/1978, 2057/1982, 794/1986, 1047/1989, 534/1993, 1/1996, 64/2000, 100/2004, 33/2008, 1329/2011, 977/2015, 184/2016, 129/2019, 551/2019, 400/2023 y 806/2026. La Constituyente se cuenta desde la Junta Preparatoria del 13 de julio de 1977 y la I desde la del 23 de marzo de 1979; la disolución de la I es del 31 de agosto de 1982 según el BOE y del 1 de septiembre según el Congreso. Once acabaron en el último año de mandato (I a IV, VI a X, XIV y XV); de las trece anticipadas, diez con un adelanto menor de un año. Mediana de la I a la XV: 1.252 días; media, 1.085. ↩
- Constitución, artículo 78, y Reglamento del Congreso, artículos 56 a 59. La página de la Mesa del Congreso dice que desde el 6 de octubre de 2026 «ejerce sus funciones la Diputación Permanente de la Cámara y la Mesa de la misma». ↩
- Real Decreto-ley 28/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, y Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible. Según el artículo 78 de la Constitución, la Diputación Permanente tiene al menos veintiún miembros «que representarán a los grupos parlamentarios, en proporción a su importancia numérica», asume las facultades de la cámara disuelta en relación con los decretos-leyes (artículo 86) y sigue ejerciendo sus funciones «hasta la constitución de las nuevas Cortes Generales». Consultado en el BOE en octubre de 2026. ↩
- Artículo 207 del Reglamento del Congreso: «quedarán caducados todos los asuntos pendientes de examen y resolución por la Cámara, excepto aquellos de los que constitucionalmente tenga que conocer su Diputación Permanente». El Reglamento del Senado dice casi lo mismo en su disposición adicional primera, con una excepción más: lo «remitido por otros Poderes del Estado relativos al ejercicio de funciones constitucionales atribuidas al Senado». ↩
- Artículo 101 de la Constitución: «El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente» (apartado 1), y «continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno» (apartado 2); artículo 21 de la Ley 50/1997. Que conserve todos sus poderes entre el decreto y las elecciones, incluido el decreto-ley, que convalidaría la Diputación Permanente (artículo 78.2 de la Constitución), resulta de leer esos preceptos juntos: ninguna norma lo dice con esas palabras. Solo vale si decide la disolución el presidente: en la del artículo 99.5 el Gobierno llevaba en funciones 135 días en 2016 y 149 en 2019 (cálculo propio) y no puede proponer la disolución (artículo 21.4.a). ↩
- Artículo 50 de la Ley Orgánica 5/1985: queda prohibido «cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos» y cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos. ↩
- Artículo 112 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General: «El recurso contencioso electoral se interpone ante la Junta Electoral correspondiente dentro de los tres días siguientes al acto de proclamación de electos» (apartado 1), y lo resuelve, en las elecciones generales y europeas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo; en las autonómicas y locales, la del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad (apartado 2). La junta lo remite a la sala al día siguiente (apartado 3). Consultado en octubre de 2026. ↩
- Preámbulo de la Ley Orgánica 2/2016: «una situación especial de nuestro sistema constitucional»; la campaña más corta «se justifica en la idea de que en estas elecciones, convocadas de forma automática […], los candidatos no necesitan el mismo tiempo para realizar las actividades destinadas a la captación de sufragios». ↩
- Ley Fundamental de Alemania, artículo 39 (cuatro años; tras una disolución, elecciones en sesenta días), artículo 68 (disolución a propuesta del canciller, en 21 días, si pierde la cuestión de confianza) y artículo 63.4 (si el elegido por mayoría relativa no reúne la de los miembros, el presidente federal tiene siete días para nombrarlo o disolver). ↩
- Francia: Constitución de 1958, artículo 12, en la traducción de la Presidencia. Italia: Constitución, artículos 60 (cinco años) y 88 (disolución oídos los presidentes de las Cámaras, salvo en los últimos seis meses del mandato del presidente de la República). ↩
- Fixed-term Parliaments Act 2011, secciones 1 y 2 en su texto original: elecciones cada cinco años, la primera el 7 de mayo de 2015; elección anticipada con dos tercios de los escaños o si pasaban 14 días de una moción de falta de confianza sin una de confianza. La Dissolution and Calling of Parliament Act 2022, sancionada el 24 de marzo de 2022, la derogó (sección 1) y fijó la disolución automática a los cinco años de la primera reunión del Parlamento (sección 4). ↩
- Cámara de los Comunes, votación n.º 196 del 19 de abril de 2017, «Early Parliamentary General Election»: 522 votos a favor y 13 en contra, por encima de los dos tercios que exigía la sección 2 de la ley de 2011. Early Parliamentary General Election Act 2019, sección 1: las elecciones se celebran el 12 de diciembre de 2019 «in consequence of the passing of this Act». ↩
- La Moncloa, «Rajoy declina el ofrecimiento del Rey para formar Gobierno», 22 de enero de 2016: al cerrar la ronda de consultas, el Rey le ofreció presentarse a la investidura y el presidente en funciones respondió que no estaba «en condiciones» de hacerlo. El candidato propuesto después fue Pedro Sánchez, cuya propuesta se sometió a la segunda votación del artículo 99.3 el 4 de marzo de 2016 (Diario de Sesiones del Congreso, Pleno, XI Legislatura, núm. 4). Consultado en octubre de 2026. ↩
- La entrega personal del voto en Correos y la invalidez de los sobres de los buzones son de la Instrucción 5/2023, de 8 de junio, de la Junta Electoral Central, apartados primero y tercero. El censo se cierra antes de la convocatoria (artículo 39 de la Ley Orgánica 5/1985); el permiso y la reducción de jornada del artículo 28.1 son de los nombrados presidentes o vocales de mesa. La reforma que suprimió la petición del voto desde el extranjero es la Ley Orgánica 12/2022. Consultado en octubre de 2026. ↩
- Constitución Española, arts. 62, 64, 68, 73, 78, 86, 99-101, 112-115, 116.5 y 134.
- Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, arts. 26-28, 39, 42, 45, 47, 50-53, 69, 72-75, 84, 103, 107, 108 y 112, y disposición adicional séptima, añadida por la Ley Orgánica 2/2016, y la Instrucción 5/2023, de 8 de junio, de la Junta Electoral Central, sobre la entrega personal del voto por correo.
- Reglamento del Congreso de los Diputados, arts. 2-5, 20, 23, 24, 31, 37, 46, 62, 90, 133, 134 y 207, con la reforma de 23 de julio de 2026, y Reglamento del Senado, disposición adicional primera.
- Ley 50/1997, del Gobierno, arts. 2.2 y 21, y Ley Orgánica 2/2012, de estabilidad presupuestaria, art. 15.
- Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de disolución y convocatoria de elecciones.
- Congreso de los Diputados, Sesiones de investidura y la historia de cada legislatura; La Moncloa, Gobiernos por legislaturas.
- Para la comparación, la Ley Fundamental de Alemania, arts. 39, 63 y 68; la Constitución de Francia, art. 12; la Constitución de Italia, arts. 60 y 88, y las leyes británicas de 2011 y de 2022 sobre la disolución.
- Enrique Guerrero Salom El Parlamento. Qué es, cómo funciona, qué hace Síntesis, 2004
Cómo trabaja una cámara a lo largo de la legislatura, escrito sin jerga para quien no es jurista. - Fernando Santaolalla Derecho parlamentario español Dykinson, 2019
La constitución de las Cámaras, los grupos y los periodos de sesiones con todo su detalle reglamentario. - Antonio Bar Cendón La disolución de las Cámaras Legislativas en el ordenamiento constitucional español Congreso de los Diputados, 1989
Quién decide cuándo acaba una legislatura y con qué límites, estudiado a fondo. - Giovanni Sartori Ingeniería constitucional comparada FCE, 1994
Compara los sistemas de mandato fijo con los parlamentarios en los que se puede disolver, y lo que produce cada uno.
16 de octubre de 2026 · fecha de corte de los datos: octubre de 2026