El mercado de trabajo
España protege al trabajador en el puesto y mucho menos en la transición a otro empleo. Ese reparto descargó cada crisis sobre los temporales y contribuye a que el paro español tenga un suelo más alto que el de sus vecinos. La reforma de 2021 restringió los contratos temporales, pero no cambió ese reparto.
Un récord compartido
A finales de 2025, Finlandia adelantó a España en tasa de paro.1 España dejó de ser en solitario el país con más desempleo de la Unión Europea (UE). Lo era desde 2021, cuando dejó atrás a Grecia, primera desde 2013. La Encuesta de Población Activa (EPA) del Instituto Nacional de Estadística (INE) dejó la tasa en el 9,9% en el segundo trimestre de 2026. Había 22,8 millones de ocupados, nunca tantos.
España ha dejado de tener en solitario el peor paro de la Unión y no ha cambiado dónde pone la protección del trabajador. En agosto de 2026, según Eurostat, la oficina estadística europea, solo Finlandia tenía más paro, medido con su serie de tendencia. El español superaba en unos cuatro puntos la media de la Unión. Con la serie desestacionalizada de los dos países, la que Eurostat usa para España, la española quedaba una décima por encima.2 Lo sólido es que comparten la cabeza. El paro juvenil español sigue entre los más altos.
El mismo despido en dos países
Una empresa de cuarenta trabajadores pierde a su principal cliente y tiene que prescindir de seis personas. En España, la empresa tramita un despido objetivo por causas económicas, es decir, no achacables al trabajador. La indemnización es de veinte días de salario por año trabajado, con un tope de un año de sueldo. Si un juez considera que la causa no está bien acreditada, son treinta y tres días por año.
Esos seis trabajadores cobran la indemnización y una prestación por desempleo calculada sobre su base reguladora. Esa base es la media de lo que cotizaron en los últimos seis meses. Cobran el 70% de esa base durante los primeros ciento ochenta días y el 60% después, hasta un máximo de dos años. Y buscan trabajo por su cuenta. La evaluación de referencia de las políticas activas de empleo se publicó en 2019. Con los datos de 2017, un cálculo aproximado da que los servicios públicos de empleo españoles intervinieron en torno al 2% de las colocaciones de ese año.3 Es un cociente entre las colocaciones del servicio público y todos los contratos firmados, no una cifra publicada.
En Dinamarca, la empresa despide con un preaviso de uno a seis meses y sin indemnización obligatoria salvo para los muy veteranos. La caja de seguro de desempleo es voluntaria. Los seis despedidos, si se habían afiliado a una, cobran durante dos años el 90% de su salario con un tope bajo: para un sueldo medio la prestación queda en torno a la mitad.4
Desde las primeras semanas tienen, además, reuniones obligatorias de búsqueda: primero con la caja y, a partir del tercer mes, con el centro de empleo municipal. Este les propone una medida de activación antes de los seis meses y los sanciona si rechazan ofertas adecuadas.
España y Dinamarca protegen al trabajador, pero en sitios distintos. El sistema español pone la protección en el puesto: despedir cuesta. Por eso, según la explicación habitual de los economistas, las empresas contratan con cautela y durante décadas contrataron temporal para no pagar ese coste. El danés lo protege en la transición: despedir es fácil, quedarse sin trabajo es llevadero y encontrar otro es un servicio público.
La figura 74 ordena la diferencia en tres momentos: al despedir, mientras se busca y para volver. España carga la protección en el primero, paga una prestación en el segundo y apenas interviene en el tercero. Dinamarca pone el peso en los dos últimos. Ese contraste ayuda a explicar por qué el paro español no baja de cierto suelo. Dejar de ser el primero en solitario no significa haber cambiado de sistema.
España carga la protección en el primer momento; Dinamarca, en los otros dos.
Un paro que no baja de cierto suelo
Desde 1980, la tasa de paro de la EPA ha oscilado entre el 7,9% de 2007 y el 26,9% de 2013. Solo en los últimos años de la burbuja, entre 2005 y 2007, bajó hasta el nivel de Alemania y Francia. Y lo hizo con un tercio de los asalariados en contrato temporal. El resto del tiempo ha estado por encima de los dos, también en los años de crecimiento. La parte del paro que se queda aunque la economía vaya bien se llama paro estructural.
Ese suelo tiene otra cara: una parte de los parados no sale. De los 2,5 millones del segundo trimestre de 2026, algo más de un tercio llevaba un año o más buscando empleo. Más de uno de cada cinco llevaba dos años o más. Entre los de 55 a 64 años, los de un año o más eran el 57%; entre los de 20 a 24, el 21%.5
En el último trimestre de 2025 la tasa bajó del 10% por primera vez desde 2008. Pero la EPA no corrige la estacionalidad: el paro español sube en invierno y baja en verano. Y la tasa cruza ese umbral redondo en las dos direcciones. En el primer trimestre de 2026 volvió al 10,8%, y en el segundo bajó otra vez del 10%. La distancia con los vecinos no depende de la estación: en agosto de 2026, con la serie desestacionalizada de Eurostat, el paro español era del 10,0% y el de la Unión, del 6,1%.
Cinco rasgos del mercado de trabajo español se asocian a ese paro estructural, y se refuerzan entre sí:
- Los contratos. Hay dos tipos tan distintos, uno caro de romper y otro que basta con no renovar, que las empresas descargaban todos los altibajos sobre los temporales.
- La negociación colectiva. Se hace por sector y no mira la situación de cada empresa, así que los salarios tardan en ajustarse a una caída y se ajusta el empleo.
- El servicio público de empleo. Interviene en muy pocas contrataciones, y el parado busca trabajo por su cuenta.
- La formación profesional. Durante décadas apenas pasó por la empresa, y los jóvenes entraban a trabajar sin oficio y con un contrato temporal.
- La estructura productiva. Concentra el empleo en el turismo, la hostelería y la construcción, que contratan con la temporada y despiden con el ciclo.
Cada reforma ha tocado una o dos de esas causas. Ninguna las ha tocado todas.
Dualidad: lo que cambió en 2021
Durante treinta años, entre el 23% y más del 30% de los asalariados fueron temporales, casi el doble que en la Unión.6 Cuando había que recortar, se recortaba en los temporales. Despedir a un fijo costaba y a un temporal no. Así que las empresas contrataban temporal para todo lo que no fuera imprescindible y, en cada crisis, dejaban de renovar. Los temporales eran sobre todo los jóvenes, las mujeres y los menos formados. La crisis de 2008 rebajó la proporción precisamente porque se llevó por delante a los temporales, pero en 2019 seguía por encima del 26%.
La reforma de 2012 abarató el despido de los fijos.7 La temporalidad no bajó: pasó de una media del 23% en 2012 a una del 26% en 2019.8 La de 2021 fue por el otro lado: restringió los contratos temporales a causas tasadas y convirtió el indefinido en el contrato por defecto. Para el trabajo estacional extendió el fijo discontinuo, indefinido pero con periodos sin trabajo.
En cuatro años, de finales de 2021 a finales de 2025, la temporalidad bajó del 25,6% al 15,1% (figura 75). Es la mayor bajada en cuatro años de la serie de esta tabla de la EPA, que empieza en 2002.9
Todavía no se puede hacer el balance completo de la reforma. Parte de los nuevos fijos son discontinuos que no trabajan todo el año, y el despido de un indefinido sigue costando lo mismo.
El discontinuo que entre campaña y campaña sigue inscrito en la oficina de empleo no cuenta como parado registrado. Figura entre los demandantes «con relación laboral», junto a los trabajadores en un expediente de regulación de empleo. Esa categoría sumaba 802.580 personas en septiembre de 2026 (la estadística no separa cuántas son fijos discontinuos), frente a 2,38 millones de parados registrados.10
Queda además un sector que la reforma no alcanzó. El sector público tuvo su propia ley, la 20/2021, aprobada el mismo día que la reforma laboral. Entre 2022 y 2024 sus procesos de estabilización convirtieron en fijas plazas ocupadas por interinos. Aun así, la temporalidad pública es del 27,3%, frente al 12,3% de la privada: más del doble. El Registro Central de Personal da una cifra mayor, el 30,5% (capítulo 2.10, sobre el empleo público).11
La pandemia enseñó otra forma de ajustar. Con el ERTE (expediente de regulación temporal de empleo), la empresa en apuros suspende contratos o reduce jornadas en lugar de despedir. El trabajador cobra la prestación por desempleo. En 2020 el Estado exoneró además a las empresas de buena parte de las cotizaciones. El 24 de abril de ese año había 3,6 millones de trabajadores en ERTE que conservaban su contrato.12 La reforma de 2021 mantuvo los ERTE en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, la ley que regula el contrato de trabajo, y creó el Mecanismo RED (artículo 47 bis), que el Consejo de Ministros activa para una crisis general o para un sector.
Abaratar el despido de los fijos, en 2012, no bajó la temporalidad: pasó del 23% al 26% en 2019. Con la reforma de 2021 bajó más de diez puntos en cuatro años, en parte porque los fijos discontinuos cuentan como indefinidos.
Trece años para bajar casi ocho puntos y seis para bajar once, casi todos esos puntos después de 2021. Es la mayor bajada en cuatro años de la serie de la EPA, y aun así la distancia con Europa sigue sin cerrarse. EPA del INE y Eurostat.
Salarios: la media, la mediana y la moda
La reforma de 2021 cambió los contratos. Lo que se cobra con ellos se resume con tres cifras que no dicen lo mismo. El salario medio en España fue de unos 29.500 euros brutos al año en 2024. Es la cifra que sale en los titulares y la que más de la mitad de los asalariados no alcanza. La mediana —el sueldo que deja a la mitad por debajo— fue de unos 24.500. Y la moda, el salario más frecuente, de unos 16.500, pegada al salario mínimo. La encuesta del INE de la que salen, la de estructura salarial, cuenta también a quienes trabajan a tiempo parcial.13
Las tres cifras describen el mismo país. Los pocos salarios altos tiran de la media hacia arriba, como dibuja la figura 5, en el capítulo «Las cifras públicas» de la introducción. Por eso ese capítulo insiste en preguntar siempre si una cifra es media o mediana: en salarios, la diferencia son cinco mil euros al año. La distribución se ha comprimido por abajo. Las subidas del salario mínimo desde 2018 han subido los sueldos más bajos y han llevado el salario más frecuente junto al propio mínimo.
Cómo se fija de verdad lo que cobra la gente
Lo que cobra un asalariado lo fija en gran parte un convenio colectivo, y no el mercado ni la ley. Lo negocian patronales y sindicatos por sector y provincia, o por empresa. Obliga a todos los trabajadores de su ámbito, afiliados o no. Cuando caduca sigue aplicándose —la ultraactividad— hasta que se firma otro, salvo que las partes pacten otra cosa (artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores). La reforma de 2012 la limitó a un año; la de 2021 volvió a la vigencia indefinida como regla general.
Cuánta gente cubre un convenio depende de qué se mida. El Ministerio de Trabajo publicó en 2024 por primera vez una tasa propia. Divide por los asalariados que tienen derecho a un convenio y obtiene un 91,8%. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) compara países con ese mismo denominador. Toma ya el dato del Ministerio y da un 92,1% en 2024. Sobre el total de asalariados la proporción es algo menor, porque quedan fuera los trabajadores a los que ningún convenio alcanza, como las empleadas de hogar.14
Con esa cobertura, lo que firman patronales y sindicatos obliga a casi todos los asalariados, como explica el capítulo 1.6, sobre la participación no electoral. Los sindicatos no sacan su legitimidad para negociar de su número de afiliados, sino de las elecciones en las empresas.
Para un trabajador, que mande el convenio de sector significa cobrar al menos lo que fijan sus tablas para su categoría. Da igual que su empresa gane dinero o lo pierda. Por eso los salarios reaccionan despacio: si el salario de convenio no se mueve, la empresa que pierde clientes ajusta por la plantilla. Cuando se contradicen el convenio de empresa y el de sector, la prioridad ha ido y vuelto. La reforma de 2012 se la dio al de empresa, y la de 2021 se la quitó en lo salarial. Sigue vigente el descuelgue del convenio. La empresa en apuros puede dejar de aplicar el salario del convenio si lo acuerda con los representantes de sus trabajadores o lo decide un arbitraje (artículo 82.3 del Estatuto).
El salario mínimo y lo que dice la evidencia
El salario mínimo pasó de 735,90 euros mensuales en catorce pagas en 2018 a 1.221 en 2026: un 66% en ocho subidas. La directiva europea de salarios mínimos adecuados cita como valores de referencia habituales el 60% del salario mediano bruto y el 50% del medio (artículo 5.4), que cada Estado puede usar o sustituir por otros propios. España los ha superado: el mínimo de 2026 equivale al 70% de la mediana de 2024, la última mediana publicada.15
Esa mediana es la de todos los asalariados, con el tiempo parcial incluido, y el mínimo es el de una jornada completa: con la mediana de la jornada completa, más alta, el porcentaje sería menor.
La investigación económica distingue dos situaciones. En la primera, el empleador tiene poder para fijar salarios. Puede pagar menos de lo que aporta cada trabajador sin que se le vaya. No tiene competidores cerca: la única residencia de mayores de una comarca, por ejemplo. Ahí una subida moderada del mínimo no destruye empleo apreciable y eleva la renta de quien menos cobra.16
En la segunda, el mínimo supera con claridad lo que produce el trabajador. Puede pasar con un joven sin experiencia en un bar de una provincia de salarios bajos. En ese caso la subida reduce horas y contratación.17 Los estudios españoles encuentran efectos pequeños en el agregado y negativos concentrados en los jóvenes, los mayores y las microempresas.18
Para la subida del 22% de 2019, el Banco de España calcula como cota superior entre 6 y 11 puntos menos de empleo entre los afectados, que eran en torno al 10% del total, es decir, entre 0,6 y 1,1 puntos del empleo; la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), entre 0,13 y 0,23 puntos. Es un resultado compatible con las dos situaciones.
Paro juvenil y formación
El paro juvenil, el de los menores de 25 años, fue de casi el 24% en el segundo trimestre de 2026, casi dos veces y media la tasa del conjunto. Es de los más altos de la Unión, aunque en la serie de Eurostat ya lo superan otros, como Estonia, Suecia y Finlandia. Parte de la cifra es un efecto de cómo se calcula: el porcentaje se mide sobre los activos, los que trabajan o buscan trabajo. Quien estudia sin buscar empleo no cuenta entre ellos.
Los jóvenes que ni estudian ni trabajan se cuentan sobre todos, activos o no. En 2025 eran el 11,5% de los de 15 a 29 años, frente al 11,0% europeo: ahí la distancia es de medio punto y lleva años estrechándose.19
Con ese paro juvenil conviven dos rasgos del sistema educativo. El primero es una formación profesional que tardó en llegar a la empresa. En Alemania se aprende un oficio alternando el aula y el taller. En España esa formación dual fue minoritaria hasta la ley de Formación Profesional de 2022. Esa ley obliga a que los ciclos formativos pasen al menos una cuarta parte de su duración en una empresa.20 Sin ese paso, el joven sale del aula sin experiencia y entra por los contratos temporales, los primeros que se pierden en cada crisis.
El segundo es el abandono escolar temprano: los jóvenes de 18 a 24 años que dejaron de estudiar sin pasar de la secundaria obligatoria. Es el tercero más alto de la Unión, tras Rumanía y Alemania. Ha caído, eso sí, del 32% de 2008 al 12,8% de 2025, su mínimo histórico.21
El mercado de trabajo se diseñó en 1980 sobre el modelo franquista de empleo fijo y despido caro.22 En 1984 se le abrió una válvula —los temporales sin causa— para crear empleo en plena reconversión. La válvula se convirtió en el sistema. Las reformas siguientes estrecharon la válvula o abarataron el despido de los fijos.
Ninguna movió la protección del puesto a la transición. Los economistas que han estudiado el caso lo explican como un equilibrio político. La dualidad beneficia a los fijos, protegidos del ajuste por los temporales, y a las empresas que se ajustan con estos. Sindicatos y patronales representan sobre todo a esos dos grupos en la negociación.23
La reforma de 2021 la pactaron sindicatos y patronal, como las de 1997 y 2006. El equilibrio no era inamovible: la exposición de motivos del real decreto-ley la presenta como respuesta a exigencias comprometidas con la Unión Europea en el marco del Plan de Recuperación.24
La reforma actuó sobre la válvula: restringió los temporales y dejó como estaban el coste del despido y el servicio de empleo. Ese servicio está partido. Las políticas activas (orientación, formación, ayuda para buscar trabajo) pasaron a las comunidades autónomas y la prestación quedó en el Estado. La evaluación de referencia de las políticas activas describe la desconexión entre ambos. La Ley de Empleo de 2023 fijó una cartera común de servicios para todo el país, pero mantuvo ese reparto.25
Que el servicio de empleo esté repartido no basta para explicar su escasa intervención. Dinamarca también lo divide: los centros de empleo son de los municipios y la prestación la pagan cajas privadas de seguro de desempleo.26 Lo que distingue a Dinamarca es el tercer momento de la figura 74: reuniones obligatorias desde las primeras semanas, una medida de activación antes de los seis meses y sanciones por rechazar ofertas.
| Tasa de paro | 9,87% (2T de 2026) | EPA · con Finlandia, la más alta de la UE desde finales de 2025; quién va delante depende de la serie y del mes |
| Tasa de paro, máximo histórico | 26,94% (1T de 2013) | Mínimo desde 1980: 7,93% (2007) |
| Parados que llevan un año o más buscando empleo | 35,8% (2T de 2026) | 57,4% entre los de 55 a 64 años; 21,0% entre los de 20 a 24 |
| Temporalidad | 15,1% (2T de 2026) | 27,3% en el sector público · 12,3% en el privado (2T de 2026) |
| Salario medio | 29.540 € brutos en 2024 | Mediana: 24.497 · moda: 16.520 |
| Salario mínimo | 1.221 € × 14 | 17.094 € al año; +66% desde 2018 |
| Cobertura de la negociación colectiva | 91,8% en 2023 | Sobre quien tiene derecho a convenio; la OCDE da el 92,1% en 2024 |
| Paro juvenil (menores de 25) | 23,77% | De las más altas de la UE (EPA, 2T 2026). En la serie mensual de Eurostat de agosto de 2026, 22,7% frente al 15,4% de la UE, unos siete puntos más; la superan Estonia, Suecia y Finlandia |
| Jóvenes que ni estudian ni trabajan | 11,5% | Media de la UE: 11,0% |
| Abandono escolar temprano | 12,8% en 2025 | 32% en 2008; tercero de la UE |
| Colocaciones con el servicio público de empleo | ~2% | Cálculo con las colocaciones del servicio público y los contratos de 2017; el porcentaje no está publicado |
| Prestación por desempleo | 70% de la base 180 días, 60% después | Máximo 720 días según cotización |
El paro. Para comparar países se usa la serie mensual de Eurostat, que descuenta la estacionalidad y mide igual a los Veintisiete. En agosto de 2026 el paro español era del 10,0%, frente al 6,1% del conjunto de la Unión. Solo Finlandia, con el 10,3% de su serie de tendencia, lo superaba.27 Grecia, el otro gran caso de paro masivo de la crisis del euro, estaba en el 7,4%, por debajo del 8,7% de Suecia. Francia, con el 8,2%, estaba por encima de Grecia, e Italia, con el 6,2%, casi en la media de la Unión.
La dualidad. Los Países Bajos no son un ejemplo de poca temporalidad. En 2024 más de uno de cada cinco de sus ocupados de 15 a 64 años tenía contrato temporal (22,2%), el doble que la media de la Unión (11,0%). Esa base, los ocupados, no es la del 15,1% español, que se mide sobre los asalariados.
Sobre los asalariados de 15 a 64 años, en 2024 eran el 16,2% en España, el 26,1% en los Países Bajos y el 12,9% en la Unión. Entre los asalariados menores de treinta años la temporalidad más alta ya no es la española: la encabezan los Países Bajos, con el 48,8%, seguidos de Portugal, Francia, Suecia e Italia, y España no está entre las cinco primeras.28 Alemania protege mucho el despido, pero ajusta sin despedir con la negociación por empresa y con el Kurzarbeit. Es la reducción de jornada con ayuda pública, parecida a los ERTE y al Mecanismo RED españoles.
Se puede tener poco paro con combinaciones distintas. La literatura económica asocia una dualidad persistente a flexibilizar solo el margen y dejar intacta la protección de los fijos.29 Es lo que hizo España en 1984 con los temporales.
¿Ha funcionado la reforma laboral de 2021?
Quien la defiende señala que la temporalidad ha bajado diez puntos en cuatro años y se ha acercado a la media europea. Aun así, sigue unos dos puntos y medio por encima de la media de la Unión, medida sobre asalariados. El empleo ha crecido, y el choque de la energía y los precios de 2022-2023 no lo destruyó.
Quien la critica señala que parte de los fijos son discontinuos que no trabajan todo el año, y que el despido no se ha tocado. El paro sigue siendo, junto con el de Finlandia, el más alto de la Unión, y el juvenil, de los más altos.
¿Debe seguir subiendo el salario mínimo?
Quien lo defiende recuerda que el mínimo ha subido un 66% desde 2018 y ha superado la referencia europea del 60% de la mediana sin destruir empleo en el agregado.
Quien lo discute señala que los efectos negativos existen y se concentran en jóvenes, mayores y microempresas. Teme además que un mínimo único pese más en Extremadura que en Madrid, donde los salarios son más altos.
«Se ha creado más empleo que nunca.»
PreguntaLo que bate récords es el número de ocupados. Puede crecer más deprisa que las horas trabajadas si aumentan los fijos discontinuos y los contratos a tiempo parcial. El INE publica también el empleo equivalente a tiempo completo, y las dos cifras cuentan cosas distintas.
«El salario medio en España es de treinta mil euros.»
MedianaEs la media, y la suben unos pocos sueldos altos. La mitad de los asalariados cobra menos de unos 24.500 euros, y el sueldo más repetido está más cerca del salario mínimo que de esa cifra.
«Subir el salario mínimo destruye empleo.» / «No destruye empleo.»
DependeLas subidas desde 2018 han tenido efectos pequeños en el agregado y negativos en algunos colectivos. Las dos frases absolutas son falsas. El efecto depende de cuánto se sube, dónde y para quién.
«El paro juvenil es del 24%.»
Sobre quiénEsa tasa mide lo difícil que es encontrar empleo para quien lo busca. Quien estudia sin buscar empleo no entra en el cálculo. Cuántos jóvenes se han quedado fuera de todo lo dice otra cifra, la de quienes ni estudian ni trabajan. En esa, España está cerca de la media europea.
«Los convenios los negocian los trabajadores.»
Quién negociaLos negocian los representantes que eligen los trabajadores. En la empresa son el comité o los delegados; en el sector, los sindicatos que alcanzan un mínimo de delegados en las elecciones sindicales. En ellas votan también los no afiliados (artículo 69 del Estatuto de los Trabajadores; la legitimación para negociar está en los artículos 87 y 88). Lo discutible es esa elección: no votan en ella los parados ni los asalariados de los centros sin representantes, y lo que se firma también los obliga.
«El mercado laboral español es ya como el europeo.»
La defensa acríticaLa temporalidad se ha acercado, a unos dos puntos y medio de la media de la Unión. Pero el paro es, junto con el de Finlandia, el más alto de la Unión y el juvenil está entre los más altos. Y quien pierde el empleo sigue buscando otro por su cuenta. Una pieza arreglada no es el sistema arreglado.
La prestación por desempleo la gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El despido lo revisa un juzgado de lo social, que decide si fue procedente, improcedente o nulo.
La indemnización por despido depende del tipo y del tiempo trabajado. Tiene una calculadora oficial en la web del Consejo General del Poder Judicial, el órgano de gobierno de los jueces. El convenio aplicable a un puesto se consulta en el registro público de convenios. Y la Encuesta de Estructura Salarial del INE permite ver, por ocupación y territorio, qué se cobra de verdad, en mediana y no en media.
- Eurostat, tasa de paro armonizada, serie mensual desestacionalizada, que se revisa cada mes. En su primera publicación, la de noviembre de 2025 aún ponía a España por delante, con un 10,4% frente al 10,1% de Finlandia (8 de enero de 2026), y la de diciembre ya ponía primera a Finlandia, con un 10,2% frente al 10,0% (30 de enero de 2026). España perdió así el primer puesto de la Unión, que ocupaba desde 2021, cuando dejó atrás a Grecia. En la serie anual de Eurostat (une_rt_a, de 15 a 74 años), España fue la primera de 2009 a 2011, empató con Grecia en 2012 (24,8%), Grecia fue la primera de 2013 a 2020 y España lo volvió a ser en 2021 (14,9% frente a 14,7%). En enero de 2026 la distancia se mantenía, con un 10,2% finlandés frente al 9,8% español. Los datos trimestrales españoles son de la Encuesta de Población Activa del segundo trimestre de 2026, publicada el 28 de julio: 22.779.000 ocupados, 486.000 más en el trimestre, y una tasa de paro del 9,87%, sin desestacionalizar. ↩
- Eurostat, tasa de paro mensual (une_rt_m), actualizada el 8 de octubre de 2026: en agosto de 2026, con la serie desestacionalizada, España 10,0% y Finlandia 9,9%; con la de tendencia, que es la que Eurostat publica para Finlandia, España 10,0% y Finlandia 10,3%. Con la serie desestacionalizada, Finlandia estuvo por encima de España de febrero a julio de 2026 y por debajo en enero (9,9% frente a 10,3%) y en agosto. Consultado en octubre de 2026. ↩
- La evaluación de referencia sobre el papel de los servicios públicos de empleo en la intermediación es la de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) sobre políticas activas de empleo, de 2019 (estudio): describe una cuota de mercado baja tanto en la colocación de parados como en la gestión de las vacantes de las empresas, y la desconexión entre la gestión autonómica de las políticas activas y la gestión estatal de la prestación. En 2017 se registraron 21.501.303 contratos (informe anual de 2017 del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)); el número de colocaciones realizadas directamente por los servicios públicos de empleo «creció un 13% en 2017 y superó las 338.000» (nota del SEPE de abril de 2018). Dividir una cifra por la otra da un 1,6%, en torno al 2%; el porcentaje no está publicado como tal, y los contratos no son exactamente colocaciones, porque una persona puede firmar varios en el año. Consultado en septiembre de 2026. ↩
- OCDE, Tax and Benefit Policy Descriptions for Denmark, 2025, apartado 2.1: el seguro de desempleo es voluntario y exige estar afiliado a una caja; paga el 90% de los ingresos anteriores, netos de la contribución del 8% al mercado de trabajo, hasta un máximo de 21.092 coronas al mes en 2025 (25.070 en los tres primeros meses para quien cumple ciertos requisitos), durante un máximo de 24 meses dentro de un periodo de 36. El salario medio con el que la OCDE hace sus cálculos para ese año es de 510.773 coronas, unas 42.560 al mes: el máximo es el 50% de esa cifra bruta. La prestación española también tiene tope (artículo 270.3 de la Ley General de la Seguridad Social). En los tres primeros meses las reuniones obligatorias son con la caja, y después la búsqueda pasa al municipio (Akademikernes A-kasse). En Copenhague, la primera reunión en el centro de empleo es «at around 14 weeks of unemployment», y la oferta de activación empieza «no later than week 26» (guía del centro de empleo de Copenhague). ↩
- INE, Encuesta de Población Activa del segundo trimestre de 2026, parados por tiempo de búsqueda de empleo (tabla 65236) y por tiempo de búsqueda y edad (tabla 65234), consultadas en la API Tempus en octubre de 2026: de 2.495.300 parados, 342.300 llevaban de uno a dos años buscando empleo y 550.200, dos años o más (en total, el 35,8%; los de dos años o más, el 22,0%). De los 465.800 parados de 55 a 64 años, 267.200 llevaban un año o más (57,4%); de los 314.300 de 20 a 24 años, 65.900 (21,0%). ↩
- Eurostat, asalariados con contrato temporal sobre el total, de 15 a 64 años (lfsa_etgar): en España, por encima del 30% de 1990 a 2007 y entre el 23% y el 27% de 2009 a 2021, frente a entre el 13% y el 16% en la Unión. Samuel Bentolila, Juan J. Dolado y Juan F. Jimeno, «Reforming an insider-outsider labor market: the Spanish experience», IZA Journal of European Labor Studies, 1(4), 2012, y «Dual Labour Markets Revisited», Oxford Research Encyclopedia of Economics and Finance, 2019: dualidad contractual, estructura de la negociación colectiva y ajuste sobre los temporales como núcleo del paro estructural español. Sobre las políticas activas, AIReF, Evaluación del gasto público 2018: Políticas activas de empleo, 2019. Con el mismo indicador, en 2025 la temporalidad fue del 15,1% en España y del 12,7% en la Unión, y en 2024 del 16,2% y del 12,9% (consultado en la API de Eurostat en octubre de 2026). ↩
- Las dos reformas, con su norma. La de 2012: Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, convalidado y tramitado como Ley 3/2012, de 6 de julio, que rebajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año con tope de 24 mensualidades, suprimió los salarios de tramitación, amplió las causas económicas del despido objetivo y dio prioridad aplicativa al convenio de empresa. La de 2021: Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, pactado con sindicatos y patronal, que suprimió el contrato de obra y servicio, tasó las causas de la temporalidad, generalizó el fijo discontinuo y devolvió al convenio sectorial la prioridad en materia salarial, dejando intacta la prioridad del convenio de empresa en el resto. Ninguna de las dos suprimió el descuelgue, la inaplicación del convenio por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción con acuerdo o arbitraje (art. 82.3 del Estatuto de los Trabajadores), que la de 2012 facilitó. ↩
- INE, INEbase, tabla 65194 (asalariados por tipo de contrato, ambos sexos), consultada en la API Tempus en octubre de 2026: la temporalidad fue del 23,5%, 23,4%, 23,9% y 22,8% en los cuatro trimestres de 2012, una media del 23,4%, y del 26,3% de media en 2019. ↩
- INE, INEbase, tabla 65194 (asalariados por tipo de contrato, ambos sexos), consultada en la API Tempus en octubre de 2026: la temporalidad fue del 25,6% en el cuarto trimestre de 2021 y del 15,1% en el de 2025. Las medias anuales son del 33,9% en 2006 y del 26,3% en 2019 (el 26,8% es la de 2018). La tabla no tiene datos anteriores a 2002, así que no permite comparar con la reforma de 1984. ↩
- Servicio Público de Empleo Estatal, estadística de demandas de empleo pendientes de septiembre de 2026, cuadro 1.11: 4.209.683 demandantes, de los que 2.379.505 son parados registrados y 802.580, demandantes no parados con relación laboral. Según la introducción metodológica, el paro registrado se calcula por exclusión conforme a la Orden de 11 de marzo de 1985, y entre los demandantes «ocupados o con relación laboral», que no son parados, están los trabajadores fijos discontinuos, los afectados por expedientes de regulación de empleo, los perceptores de prestaciones en trabajos de colaboración social y los eventuales agrarios subsidiados. La estadística publicada no separa cuántos de los 802.580 son fijos discontinuos. ↩
- INE, Encuesta de Población Activa del segundo trimestre de 2026, tablas de asalariados por tipo de contrato del conjunto, del sector público y del sector privado: tasa de temporalidad del 15,1% en el conjunto, 12,3% en el sector privado y 27,3% en el público (997.200 temporales de 3.646.900 asalariados públicos). En el cuarto trimestre de 2025 eran el 15,1%, el 12,4% y el 26,8%. La cifra pública de 2026 se parece a la del conjunto del país antes de la reforma, que en 2019 seguía por encima del 26%. ↩
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, datos de afiliación en ERTE: el máximo se alcanzó el 24 de abril de 2020, con 3.617.205 personas (Seguridad Social, actualización de los datos de la pandemia). Las exoneraciones de cuotas de 2020 las fijó el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, art. 24. El Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo es el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 32/2021. ↩
- INE, Encuesta Anual de Estructura Salarial, datos de 2024 publicados como definitivos el 28 de mayo de 2026: salario medio de 29.540,26 euros brutos anuales, mediano de 24.497,17 y modal de 16.520,18. Por sexo, 32.057,55 los hombres y 26.904,90 las mujeres. El INE explica que el modal de 2024 se debe al «desplazamiento de los trabajadores de salarios bajos al intervalo de 16.000-17.000 euros»; el salario mínimo de ese año era de 15.876 euros anuales. En 2018 el modal era de 18.468,93 euros y el mediano de 20.078,44 (Encuesta de Estructura Salarial 2018, resultados definitivos): el salario más frecuente ha pasado del 92% al 67% del mediano. ↩
- La tasa del 91,8% es la que el Ministerio de Trabajo publicó por primera vez en febrero de 2024, calculada sobre los asalariados con derecho a convenio; la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, en su boletín de julio de 2024, la describe como una tasa «próxima al 92%», calculada por primera vez con las comunicaciones de las empresas a la Tesorería General de la Seguridad Social. La OCDE, en su informe de 2025 sobre la afiliación a sindicatos y patronales y la cobertura de la negociación colectiva y en su serie de cobertura de la negociación colectiva (91,2% en 2021, 91,5% en 2022, 91,8% en 2023), da a España una cobertura del 92,1% en 2024, con el mismo denominador, los asalariados con derecho a negociar, y a partir del dato del Ministerio, que sale de las declaraciones de las empresas a la Seguridad Social desde 2021. Sobre el total de asalariados la proporción es menor, porque el denominador incluye a quienes no tienen convenio. ↩
- De 735,90 euros mensuales en catorce pagas en 2018 a 1.221 en 2026, fijados por el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero: un 66% en ocho subidas. El de 2024, 1.134 euros al mes y 15.876 al año, lo fijó el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero. Los porcentajes dividen esas cantidades por el salario mediano de la Encuesta Anual de Estructura Salarial de 2024, 24.497 euros: 15.876 son el 64,8% y 17.094, el 69,8%. Las dos referencias del 60% que se citan indistintamente no son la misma: el Comité Europeo de Derechos Sociales, al aplicar la Carta Social Europea, usa el 60% del salario medio neto, mientras que la Directiva (UE) 2022/2041, sobre salarios mínimos adecuados, cita como valores de referencia indicativos «comúnmente utilizados a escala internacional» el 60 % de la mediana salarial bruta y el 50 % del salario medio bruto, y deja a los Estados usarlos «y/o» otros nacionales (artículo 5.4). La mediana de 24.497 euros es la de todos los asalariados, a tiempo completo y parcial; no se ha comprobado la de la jornada completa. Son magnitudes distintas y dan resultados distintos. ↩
- Doruk Cengiz, Arindrajit Dube, Attila Lindner y Ben Zipperer, «The Effect of Minimum Wages on Low-Wage Jobs», Quarterly Journal of Economics, 134(3), 2019: 138 subidas estatales en Estados Unidos entre 1979 y 2016, sin pérdida apreciable de empleo por debajo de aproximadamente el 60% del salario mediano. Revisión en Alan Manning, «The Elusive Employment Effect of the Minimum Wage», Journal of Economic Perspectives, 35(1), 2021. El papel del poder de mercado del empleador, en Alan Manning, Monopsony in Motion, Princeton University Press, 2003. ↩
- David Neumark y Peter Shirley, «Myth or measurement: What does the new minimum wage research say about minimum wages and job loss in the United States?», Industrial Relations, 61(4), 2022, encuentran efectos negativos concentrados en jóvenes y trabajadores poco cualificados. Para una subida grande y localizada, Ekaterina Jardim y otros, «Minimum-Wage Increases and Low-Wage Employment: Evidence from Seattle», American Economic Journal: Economic Policy, 14(2), 2022. ↩
- Cristina Barceló, Mario Izquierdo, Aitor Lacuesta, Sergio Puente, Ana Regil y Ernesto Villanueva, Los efectos del salario mínimo interprofesional en el empleo: nueva evidencia para España, Banco de España, Documento Ocasional 2113, 2021 (la subida fue del 22%; como cota superior, entre 6 y 11 puntos menos de empleo entre los afectados, que eran en torno al 10% del empleo, es decir, entre 0,6 y 1,1 puntos del total, con una elasticidad del empleo total de entre −0,03 y −0,05; el documento recoge además la estimación de la AIReF, de entre 0,13 y 0,23 puntos de empleo del régimen general en 2019): tras la subida de 2019 el empleo de los trabajadores de salario bajo creció más despacio, con más salidas entre los mayores y menos horas y contratación entre los jóvenes. Con datos de empresa y trabajador, Jorge Casanova, David Catalán, Marcel Jansen y Florentino Felgueroso, Firm-Level Employment Dynamics and Minimum Wages: Evidence from Spain, Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), EEE 2025-10, 2025, encuentran efectos moderados concentrados en microempresas. ↩
- Eurostat, jóvenes que ni estudian ni trabajan, 2025: 11,5% en España entre los 15 y los 29 años frente al 11,0% de la Unión, que baja desde el 15,2% de 2015. El objetivo del Pilar Europeo de Derechos Sociales es el 9% en 2030. El paro juvenil, en cambio, está entre los más altos de la Unión: 23,77% en el segundo trimestre de 2026 según la EPA. En la serie mensual desestacionalizada de Eurostat ya no es el primero: en agosto de 2026 el español era del 22,7%, por debajo de los de Estonia (28,4%), Suecia (23,8%) y Finlandia (23,3%), con la Unión en el 15,4% («Euro area unemployment at 6.4%», 1 de octubre de 2026); en junio, según la publicación del 30 de julio, Suecia daba el 24,9% y España el 23,4%. ↩
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, art. 55: los certificados profesionales y los ciclos formativos tienen carácter dual, con una formación en la empresa de al menos el 25% de su duración total. El calendario de implantación lo fijó el Real Decreto 278/2023, de 11 de abril. ↩
- Funcas, Informe sobre el abandono educativo temprano en España. Datos de 2025, y Ministerio de Educación: el abandono cae al 12,8% en 2025, mínimo de la serie, desde el 31,7% de 2008. La brecha por sexo sigue siendo enorme —15,9% en los hombres y 9,5% en las mujeres— y España es el tercer país de la Unión con la tasa más alta, tras Rumanía y Alemania. ↩
- Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, hoy en su texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015. La «válvula» de 1984 es la Ley 32/1984, de 2 de agosto, que generalizó la contratación temporal sin causa como medida de fomento del empleo: es el origen de la dualidad que las reformas posteriores intentaron corregir sin tocar el régimen del despido de los indefinidos. ↩
- Samuel Bentolila, Juan J. Dolado y Juan F. Jimeno, «Reforming an insider-outsider labor market: the Spanish experience», IZA Journal of European Labor Studies, 1(4), 2012: la dualidad es un equilibrio de economía política porque beneficia a grupos concretos de trabajadores y empresarios, «mostly represented by unions and employer associations with institutional recognition and political power»; con los temporales como colchón ante la destrucción de empleo, los fijos pueden subir sus salarios sin arriesgar el puesto. El marco teórico es el modelo de los de dentro y los de fuera (insider-outsider) de Assar Lindbeck y Dennis Snower. ↩
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, exposición de motivos: la reforma da lugar a «la gran transformación del mercado de trabajo español respondiendo a la vez a las exigencias comprometidas con la Unión Europea en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia». ↩
- Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo: el Sistema Nacional de Empleo lo forman la Agencia Española de Empleo, en la que se transforma el Servicio Público de Empleo Estatal, y los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas. La cartera común de servicios y los servicios garantizados los desarrolla el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril. ↩
- OCDE, organización de las políticas activas en Dinamarca: las ejecutan 94 centros de empleo gestionados por los 98 municipios. La prestación la administran cajas privadas de seguro de desempleo (a-kasser), de afiliación voluntaria: OCDE, Tax and Benefit Policy Descriptions for Denmark, 2025. ↩
- Eurostat, «Euro area unemployment at 6.4%», 1 de octubre de 2026: en agosto de 2026 la tasa de paro desestacionalizada fue del 6,4% en la zona del euro y del 6,1% en la Unión; las más altas, Finlandia (10,3%) y España (10,0%); Suecia estaba en el 8,7% y Grecia, en el 7,4%. Para Finlandia y Suecia, Eurostat publica la tendencia en lugar de la serie desestacionalizada, más volátil. En junio, según la publicación del 30 de julio, Finlandia daba el 10,5% y España el 10,1%. Francia (8,2%) e Italia (6,2%) en agosto de 2026: Eurostat, serie mensual desestacionalizada de paro (une_rt_m), consultada en octubre de 2026 en la API de difusión de Eurostat, con datos actualizados el 2 de octubre. En la serie desestacionalizada de la misma API, Finlandia daba el 9,9% y España el 10,0%: con esa serie, España sigue siendo la más alta de la Unión por una décima. ↩
- Eurostat, Temporary and permanent employment – statistics, datos de 2024: los asalariados temporales fueron el 11,0% del total de ocupados de 15 a 64 años en la Unión, con el máximo en los Países Bajos (22,2%); es otro denominador que el de la nota 6, donde la temporalidad se mide sobre los asalariados; entre los asalariados de 15 a 29 años, las proporciones más altas fueron las de los Países Bajos (48,8%), Portugal (36,7%), Francia (35,9%), Suecia (34,4%) e Italia (34,3%); España no figura entre las cinco primeras de esa lista. Sobre los asalariados de 15 a 64 años, la misma estadística de Eurostat con otra tabla (lfsa_etgar, 2024) da el 16,2% en España, el 26,1% en los Países Bajos y el 12,9% en la Unión. ↩
- Tito Boeri, «Institutional Reforms and Dualism in European Labor Markets», en Handbook of Labor Economics, vol. 4B, Elsevier, 2011, págs. 1173-1236: las reformas que liberalizan el margen sin tocar el núcleo generan dualidad persistente y más volatilidad del empleo. OCDE, Employment Outlook 2014, cap. 4. Para España, Bentolila, Dolado y Jimeno, 2012. ↩
- Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores, arts. 15, 16, 47, 47 bis, 51-53, 56 y 82-92. Real Decreto-ley 32/2021 y Ley 3/2012 (reformas laborales).
- Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, y Real Decreto 438/2024 (cartera común de servicios); Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la Formación Profesional, art. 55.
- Ley General de la Seguridad Social, arts. 262-300 (desempleo); reales decretos anuales del salario mínimo.
- INE, Encuesta de Población Activa y Encuesta de Estructura Salarial; Ministerio de Trabajo, convenios y contratos; Eurostat; OCDE, Employment Outlook.
- Banco de España, informes sobre el salario mínimo; AIReF, evaluación de políticas activas de empleo.
- Samuel Bentolila, Juan J. Dolado y Juan F. Jimeno Dual Labour Markets Revisited Oxford Research Encyclopedia, 2019
La explicación de referencia del paro estructural español, por quienes lo han estudiado durante treinta años. - Florentino Felgueroso y otros Observatorio del mercado laboral Fedea, serie
El seguimiento de la reforma de 2021 con datos. - Banco de España Informe sobre el salario mínimo 2019 y siguientes
La evidencia española sobre el efecto del mínimo, con el método explicado. - Alan Manning Monopsony in Motion Princeton, 2003
Por qué el salario mínimo puede no destruir empleo, y cuándo lo destruye.
16 de octubre de 2026 · fecha de corte de los datos: octubre de 2026