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España: Manual del ciudadano

Capítulo 5.4 · La ley aplicada

Policía y seguridad

Quién puede pararte, quién puede multarte y contra qué no llega

La ley fija con detalle qué puede exigir un agente según el motivo que tenga y a qué puede negarse el ciudadano. Pero el mismo Estado que en 2024 puso más de trescientas mil multas sin juez ha necesitado un plan especial frente al narcotráfico en Andalucía.

El agente te pide el documento

Un agente te para en la calle y te pide el documento. En España basta con identificarse cuando el agente lo requiera con motivo (un indicio de infracción o la prevención de un delito). El documento nacional de identidad (DNI) es obligatorio desde los catorce años y su titular debe exhibirlo cuando se lo requieran (artículo 9 de la Ley Orgánica 4/2015). La ley obliga a tenerlo, no a llevarlo encima, y es la forma más fácil de identificarse.

Sirve también otro documento o cualquier otro medio con el que el agente pueda comprobarla. Si no hay manera, el agente puede pedirte que lo acompañes a la comisaría para comprobarlo, durante un máximo de seis horas. Lo que no se puede es negarse a identificarse: eso sí es infracción.

Lo que un agente puede exigir depende del motivo que tenga en cada caso. Tres normas lo escriben con detalle: la Constitución, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley de Seguridad Ciudadana.

Queda otra pregunta: si esa misma policía, tan precisa cuando multa en la calle, alcanza al delito que de verdad ha cambiado.

Cómo funciona

Cinco policías, no una

España tiene cinco clases de policía y ninguna manda sobre las otras (figura 65):

  • Guardia Civil. Es un cuerpo de naturaleza militar que cubre el medio rural, las carreteras, las costas, las fronteras y el control de armas: la mayor parte del territorio.
  • Policía Nacional. Es civil y cubre las capitales y las ciudades grandes, además de la documentación, la extranjería y la investigación de la delincuencia urbana.
  • Policías autonómicas integrales. Las tienen tres comunidades: los Mossos d'Esquadra en Cataluña, la Ertzaintza en el País Vasco y la Policía Foral en Navarra. Asumen allí la seguridad ciudadana y la investigación, y dejan a los cuerpos estatales las competencias que la ley les reserva en todo el territorio: fronteras, extranjería, documentación, armas y explosivos y contrabando. La Policía Foral es «integral» por su ley foral, pero comparte la seguridad ciudadana con la Guardia Civil y la Policía Nacional, que siguen patrullando en Navarra.1 En Navarra, el tráfico, que vigilaba la Guardia Civil, corresponde a la Policía Foral desde el 1 de julio de 2026.2
  • Policía Canaria. Canarias tiene cuerpo propio, pero de funciones complementarias: no asume la seguridad ciudadana.
  • Policías locales. Cada municipio puede crear la suya; donde no la hay, sus cometidos los ejercen guardas, vigilantes o alguaciles. Cada policía local lleva el tráfico urbano, las ordenanzas y la seguridad ciudadana en colaboración con los demás cuerpos: decenas de miles de agentes repartidos en miles de ayuntamientos.

Cuántos agentes hay depende de la fuente. No hay una cifra oficial que sume todos los cuerpos. La del Ministerio del Interior, que dirige a los dos cuerpos estatales, solo cuenta a esos. En marzo de 2026 dio una plantilla de unos 183.000 efectivos, en torno a un 20% más que en 2018. En agentes, el propio Gobierno da 159.075 en diciembre de 2025.3

Eurostat, la oficina estadística de la Unión, da a España 379 agentes por cada cien mil habitantes en 2024. Su definición incluye a la policía municipal. Pero la cifra encaja con la plantilla de los dos cuerpos estatales, así que parece dejar fuera a las demás policías, aunque Eurostat no detalla qué cuerpos cuenta España.4 Con las autonómicas y las locales la ratio sería más alta. No hay un recuento oficial único de las locales. La única estimación publicada que se ha encontrado es de unos 66.250 agentes, una cifra aproximada de 2021 que recoge una revista del Instituto Nacional de Administración Pública. Sumada a la de Eurostat, daría unos 515 agentes por cada cien mil habitantes, sin contar todavía las policías autonómicas.5

Fuera de todas esas cuentas queda la seguridad privada, que la Policía Nacional controla. A finales de 2023 había en vigor 287.240 habilitaciones de vigilante de seguridad, más que agentes de los dos cuerpos estatales. Pero una habilitación no es un empleo, y el Ministerio no publica cuántos vigilantes trabajan.6

El reparto entre cinco clases de policía tiene tres costes:

  • Lo que recibe el ciudadano depende de dónde esté. Lo atiende un cuerpo u otro, con formación, medios y protocolos distintos, y el mismo delito se investiga de una manera en Bilbao y de otra en Valladolid.
  • No hay un mando común. La Guardia Civil y la Policía Nacional responden al Ministerio del Interior, que las dirige a través de su Secretaría de Estado de Seguridad. No responden a él las autonómicas, las locales ni Vigilancia Aduanera, que persigue el contrabando y el narcotráfico y depende de la Agencia Tributaria. Entre unos y otros la coordinación depende de comisiones y acuerdos, y cuando un problema desborda a un cuerpo la respuesta es un plan especial, como el del Campo de Gibraltar.
  • La cúpula depende del Gobierno. Los mandos superiores de la Policía Nacional y la Guardia Civil los nombra el Gobierno. Pero el agente que investiga un delito actúa como policía judicial y depende en esa tarea del juez o del fiscal, sin cuya autorización no se le puede apartar del caso.7
Figura 65 · Quién patrulla dónde
GCGuardia CivilNaturaleza militar. Medio rural, carreteras, costas, fronteras, armas y explosivos. La mayor parte del territorio. Depende de Interior.
PNPolicía NacionalCivil. Capitales y ciudades grandes, documentación, extranjería, investigación de la delincuencia urbana. Depende de Interior. Con la Guardia Civil suman una plantilla de 183.150 efectivos, según el Ministerio, en marzo de 2026.
CAPolicías autonómicas integralesMossos d'Esquadra (Cataluña), Ertzaintza (País Vasco) y Policía Foral (Navarra): seguridad ciudadana e investigación en su territorio. Los cuerpos estatales conservan fronteras, extranjería, documentación, armas y contrabando.
PCPolicía CanariaCuerpo autonómico de funciones complementarias, no integral. En Canarias, la seguridad ciudadana sigue en manos de la Guardia Civil, la Policía Nacional y las policías locales.
PLPolicías localesUna por municipio de cierto tamaño. Tráfico urbano, ordenanzas y seguridad ciudadana en colaboración. Sumadas, decenas de miles de agentes en miles de ayuntamientos; no se ha encontrado un recuento estatal de sus agentes.
Cada ficha da el ámbito y la dependencia de una de las cinco clases de policía. Sus orígenes son distintos: la Guardia Civil es de 1844, la Policía Nacional actual es de la ley de 1986, las autonómicas integrales tomaron su forma actual con los estatutos y el amejoramiento navarro, y las locales de la autonomía municipal. Ninguna tiene mando sobre las demás, la cifra oficial de plantilla solo cubre a los dos cuerpos estatales y cada reforma anuncia que resolverá la coordinación.

Cada actuación pide su motivo

Las cinco clases de policía se rigen por las mismas reglas. Cada actuación del agente exige un motivo, al que los juristas llaman su título. Los motivos tienen tres escalones:

  • Un indicio o un fin preventivo. Sin sospechar de ningún delito, el agente puede pedir la identificación a quien haya podido cometer una infracción, aunque sea administrativa, o cuando hace falta para prevenir un delito. Con un fin preventivo puede también dar órdenes para mantener el orden, pedir la documentación de un vehículo y hacer la prueba de alcohol. Si tiene indicios de que alguien lleva un arma u otro objeto relevante, puede cachearlo por encima de la ropa y registrar su vehículo, aunque no sospeche de un delito concreto.8
  • Una sospecha razonable. Detener exige datos objetivos que apunten a esa persona y a un delito. La detención dura lo estrictamente necesario, y la Constitución le pone un máximo de setenta y dos horas.9
  • Una orden judicial. Hace falta para entrar en un domicilio sin permiso de quien vive en él, para intervenir comunicaciones y para acceder al contenido de un teléfono móvil, que los tribunales protegen como un «entorno digital».10 En el móvil, la urgencia permite actuar primero y pedir después la confirmación del juez.

El delito flagrante, el que el agente ve cometerse, queda fuera de la escala. Permite detener sin más y entrar en un domicilio sin orden. La figura 66 pone cada actuación en su columna.

Un agente puede pedir que se desbloquee el móvil. El ciudadano puede negarse, y esa negativa no es delito ni infracción. Para saber si una actuación es correcta o un abuso, hay que mirar si el agente tenía el título que esa actuación pide.

Figura 66 · Qué puede hacer un agente, y con qué título
ActuaciónSin sospecha de delitoCon sospecha razonableSolo con orden judicial
Pedir identificaciónSí, con indicio o para prevenirSí—
Retener para identificarSi no hay otro modo: hasta 6 horas en comisaríaSí—
Cachear en la callePor encima de la ropa, con indicios de un arma u objeto relevanteSí, superficial y con dignidad—
Registrar un vehículoDocumentación y alcoholemia; registro con indicios de un arma u objeto peligrosoSí—
DetenerSolo en delito flagranteSí, lo necesario y como máximo 72 horas—
Entrar en un domicilio—Solo delito flagrante o consentimientoSí
Mirar el contenido del móvil—Puede pedirlo; el ciudadano puede negarseSí
Intervenir comunicaciones——Sí
Impedir que se le grabeNoNoSolo requisar con orden
La tabla cruza nueve actuaciones con tres títulos, uno por columna. Cuanto más adentro —el cuerpo, la casa, el teléfono— más título hace falta. Un agente puede pedir casi todo, pero solo puede exigir lo de la columna que le corresponde; y quien se niega a lo de la tercera columna sin orden no comete ninguna infracción.

Los derechos del detenido y las cámaras

Desde el momento de la detención, la persona tiene derechos que la ley obliga a leerle:

  • Silencio. Puede guardar silencio y no declarar contra sí misma.
  • Abogado. Tiene derecho a uno, de su elección o de oficio, presente en cualquier declaración.
  • Aviso. Puede pedir que se informe a alguien de la detención.
  • Intérprete y médico. Tiene derecho a un intérprete, si no entiende el idioma, y a que la vea un médico.

El habeas corpus es el procedimiento para que un juez revise en veinticuatro horas si una detención es legal.

Hay un derecho más, el de grabar. La Ley de Seguridad Ciudadana de 2015 sancionaba el uso «no autorizado» de imágenes de agentes. El Tribunal Constitucional anuló en 2020 la exigencia de autorización.11 Grabar a la policía en la vía pública es lícito. Solo puede sancionarse la difusión que de verdad cree un riesgo concreto. Un agente puede pedir que no se le grabe, pero no puede impedirlo. La ley solo le deja ocupar armas y otros medios de agresión (artículo 18.2), no un teléfono por grabar, y borrar las imágenes sería otra forma de impedirlo. Los agentes de la Policía Nacional están obligados, además, a exhibir su carné profesional a quien se lo pida, y el número de identificación va a la vista en el uniforme.12

Las cámaras de la policía tienen sus propias reglas. Las fijas en la calle las autoriza desde 1997 el delegado del Gobierno en la comunidad. No puede autorizarlas si se opone una comisión que preside un magistrado.13

Una imagen tomada en un delito se puede comparar después con la base policial de huellas y rostros de detenidos, el sistema automático de identificación biométrica (ABIS).14 Lo que el agente no puede hacer es reconocer caras en tiempo real en la calle. El reglamento europeo de inteligencia artificial (capítulo 8.3, sobre datos e inteligencia artificial) lo prohíbe salvo excepciones que autorice una ley nacional. El proyecto de ley español, en el Congreso desde junio de 2026, no regulaba esas excepciones: multaba usar ese reconocimiento fuera de ellas o sin la autorización previa que exige el reglamento. Caducó con la disolución de las Cortes el 6 de octubre.15

La Ley de Seguridad Ciudadana y la multa sin juez

La detención es el extremo de la escala. En el otro extremo está la multa, que no pasa por un juez. La Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, a la que sus críticos llaman «ley mordaza», regula las infracciones administrativas de orden público. Son las que sanciona la Administración con multa, sin juez.16 Tiene un catálogo de más de cuarenta infracciones y tres escalones de multa:

  • Leves: de 100 a 600 euros.
  • Graves: de 601 a 30.000 euros.
  • Muy graves: de 30.001 a 600.000 euros.

La ley cumplió diez años en marzo de 2025 y se usa mucho. Las sanciones impuestas subieron cada año de 2022 a 2024, hasta casi 330.000, y bajaron a unas 285.000 en 2025. El importe de las multas ronda el medio millón de euros al día.17 En Cataluña, País Vasco y Navarra, esa cuenta incluye solo los expedientes de la Administración General del Estado, porque allí también sancionan las autoridades autonómicas. Los años anteriores no sirven de comparación directa. En 2020 y 2021, las multas por saltarse el confinamiento se pusieron con esta misma ley.

La infracción más sancionada, con mucha diferencia, es el consumo o tenencia de drogas en la vía pública, que no tiene nada que ver con las protestas. Fueron unas 201.000 sanciones en 2025, siete de cada diez de las de ese año. La estadística por sustancias es de denuncias y llega hasta 2024. Según ella, dos de cada tres denuncias por consumo o tenencia de ese año fueron de cannabis.18 El resto lo forman la desobediencia, las faltas de respeto a los agentes y otras infracciones, entre ellas las de manifestaciones.

Hay una crítica que esos datos no desmienten, la de cómo funciona la multa. En las infracciones más aplicadas, el hecho lo define, lo denuncia y lo prueba el mismo agente, con presunción de veracidad de su declaración. Lo que denuncia un agente que vio los hechos, ratificado si el multado lo niega, basta para sancionar salvo prueba en contrario (artículo 52). Esa prueba la tiene que aportar el multado, aunque los agentes deben aportar al expediente todos los elementos probatorios de que dispongan. La sanción la impone la Administración de la que ese agente depende. Es el modelo de la sanción administrativa que cuenta el capítulo 8.2, sobre tráfico y movilidad. Aquí se aplica a la policía, y a escala de casi trescientas mil multas al año.

Para recurrir la multa ante un juez hay que ir a un juzgado de lo contencioso-administrativo, el que revisa las decisiones de la Administración. Allí hace falta abogado (artículo 23.1 de la Ley 29/1998). La primera instancia tarda de media unos diez meses (lo detalla el capítulo 5.6, sobre el recurso administrativo). Para una multa pequeña, el recurso puede costar más que la multa.

Figura 67 · Para qué se usa de verdad la Ley de Seguridad Ciudadana, y cuánto se usa
SANCIONES IMPUESTAS AL AMPARO DE LA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA, POR AÑO 2022 227.080 146.456 por drogas en la vía pública 2023 284.512 198.570 2024 327.761 239.675 2025 285.418 201.073 Tramo destacado: sanciones por drogas en la vía pública. Todas las multas de 2025: 178,7 millones de euros. Las sanciones por manifestaciones están en el resto, con la desobediencia y las faltas de respeto. Ministerio del Interior, anuario estadístico y Portal Estadístico de Criminalidad (tablas 10002 y 10006, septiembre de 2026). Las cifras dejan fuera a Cataluña, País Vasco y Navarra, cuyas policías autonómicas tramitan sus propias sanciones.
Sanciones impuestas al amparo de la Ley de Seguridad Ciudadana, por año
2022227.080
2023284.512
2024327.761
2025285.418
De las 285.418 sanciones de 2025
201.073 por drogas en la vía públicaSiete de cada diez sanciones. La estadística por sustancias es de denuncias y llega a 2024: dos de cada tres denuncias por consumo o tenencia fueron de cannabis.
El restoDesobediencia, faltas de respeto a los agentes, armas y otras, entre ellas las relacionadas con manifestaciones.

178,7 millones de euros en multas en 2025, casi medio millón al día. Ministerio del Interior, anuario estadístico y Portal Estadístico de Criminalidad. Las cifras dejan fuera a Cataluña, País Vasco y Navarra.

La figura da las sanciones de cada año, de 2022 a 2025, y aparte las de drogas en la vía pública: de dos de cada tres en 2022 a siete de cada diez en 2025. La ley que se discute como instrumento contra las protestas se usa sobre todo contra el consumo de drogas en la calle. En esas multas, el hecho lo define, lo denuncia y lo prueba el mismo agente, y la reforma de la ley caducó con la disolución de las Cortes.

Lo que cuesta multar y lo que cuesta perseguir el narcotráfico

La policía que se ve en la calle pide el carné, cachea y multa con precisión. Frente al narcotráfico, el problema es de otra escala. Lo describe el informe anual del Departamento de Seguridad Nacional, que depende de la Presidencia del Gobierno. En las costas españolas hay identificadas más de seiscientas embarcaciones rápidas sospechosas de trabajar para el narcotráfico, sobre todo en el Estrecho: las llamadas narcolanchas.19

Cuando los narcotraficantes ven riesgo de perder la carga, embisten a las patrulleras de la Guardia Civil y de la Gendarmería portuguesa. El informe detecta además que algunas organizaciones usan armas de guerra. Aun así, los incidentes violentos de 2025 no fueron especialmente altos frente a años anteriores. Según Canal Sur, la Fiscalía Especial Antidroga ordenó en julio de 2026 a los cuerpos que documenten cada ataque para que pueda perseguirse también como piratería.20

El Estado responde, pero fuera de su estructura ordinaria. En 2018 montó un plan especial para una comarca, el Campo de Gibraltar. Según Canal Sur, desde entonces las rutas se han desviado de esa comarca a Málaga, Huelva y el Guadalquivir.21 El plan se extendió a esas rutas y cubre ya seis provincias andaluzas.22

Para el agente, multar y perseguir el narcotráfico no cuestan lo mismo. La multa es la tarea más barata. La decide solo y la prueba con su propia palabra, que se presume cierta. Y la sanción figura en la estadística como una actuación más. Interceptar una narcolancha exige coordinar cuerpos que no comparten mando, como la Guardia Civil y Vigilancia Aduanera. Y exige exponerse a una embestida.

Lo que le cuesta al agente usar la fuerza

Usar la fuerza en la calle también tiene un coste para el agente. Lo expone a una denuncia del ciudadano y a un expediente disciplinario, que instruye y resuelve la Administración de la que depende. Lo expone también a un vídeo que circula antes de que nadie haya contrastado nada. No usarla lo expone menos. Dejar de perseguir un delito o de auxiliar a quien lo pide también es delito (artículos 408 y 412 del Código Penal). Pero un expediente por no intervenir exige que alguien vea la omisión, y lo que no llegó a hacerse no queda registrado.

Es la asimetría que el capítulo 5.3, sobre delito y castigo, describe en los permisos penitenciarios: el error que se ve se paga y el que no se ve, no.

Según la Confederación Española de Policía, con datos del Ministerio del Interior, las agresiones registradas a agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil han subido: casi diecisiete mil en 2024, un 28% más que en 2019.23 Se sostiene a veces que el agente, ante la duda, no interviene: que no actúa con contundencia por si acaba en el juzgado.

Esa inhibición no se mide en España, porque no hay registro de lo que no se hizo. Donde sí se ha estudiado es en la literatura anglosajona sobre el de-policing (la retirada de la policía). Allí se encuentra una caída de la actividad más discrecional, y se discute todavía cuánto delito añade.24

Aquí no chocaría con la subida de las multas hasta 2024. Lo que se retiraría es la actuación que expone al agente, como una detención con forcejeo, y no la multa por un porro.

Qué mide la estadística de criminalidad

Para saber si la policía frena el delito haría falta medirlo. Y las cifras de criminalidad las produce y las presenta el mismo Ministerio que dirige a la policía. Reúnen lo que registran la Policía Nacional, la Guardia Civil, las tres policías autonómicas integrales y las policías locales que dan sus datos.25 Cuentan lo que se denuncia, que es menos que lo que ocurre.

España tampoco tiene una encuesta periódica de victimización. Es la que pregunta a la gente si ha sufrido un delito, lo haya denunciado o no. La última de ámbito nacional se hizo en 2008, a cargo de un grupo universitario. Después solo hay encuestas territoriales, como la de Galicia de 2022 o la Encuesta de seguridad pública de Cataluña, que no permiten una serie estatal.26 Sin ella queda abierta, por ejemplo, la duda de si el hurto, el delito más frecuente, se denuncia hoy menos que antes. Si fuera así, su serie bajaría sin que bajara el delito.

Con esa cautela, en 2025 subieron las lesiones y las riñas tumultuarias graves y menos graves, un 7,2%, y las tentativas de homicidio, un 5%.27 Una lesión que necesita tratamiento médico o un intento de matar dejan un herido y suelen llegar a la policía. Por eso su subida es difícil de atribuir a que se denuncie más.

Los delitos contra la libertad sexual subieron un 2,3%. Esa serie depende mucho más de que las víctimas quieran denunciar. No permite separar cuánto sube el delito y cuánto la denuncia.

En 2025, casi uno de cada cinco delitos registrados fue un ciberdelito, el que se comete por internet, y casi nueve de cada diez de ellos, fraudes informáticos.28 Ocurren donde no hay patrullas que enviar. Ahí se ve el desajuste entre la policía de la calle y el delito que ha cambiado.

El indicador que mide ese desajuste es el esclarecimiento: la parte de los delitos conocidos que la policía resuelve, con el autor identificado. En 2023 rondó el 36% en conjunto, pero no se repartió igual. Se esclarecieron más de nueve de cada diez homicidios consumados, uno de cada cinco hurtos y una de cada diez estafas informáticas.29 Desde 2015, además, la denuncia sin autor conocido se queda en la policía. Solo llega al juzgado en los delitos contra la vida, la integridad física o la libertad sexual y en los de corrupción, si una diligencia posterior da resultado o si la piden el fiscal o el juez.30

Los homicidios, las tentativas y la medicina de urgencias

Los homicidios consumados llevan años moviéndose en una banda estrecha, entre doscientos noventa y trescientos cincuenta al año, con un repunte en 2025. Ese dato, solo, sugiere que la violencia letal apenas crece. Pero cuenta muertes, no intentos.

Matar se intenta más veces de las que se consigue. Entre el intento y la muerte puede haberse metido la medicina de urgencias: helicópteros sanitarios, unidades de trauma y protocolos de control de la hemorragia. La puñalada que hace treinta años mataba puede hoy no matar.

La proporción entre tentativas y muertes sí está en el registro. En 2025 hubo 376 homicidios y asesinatos consumados y 1.413 en grado de tentativa: casi cuatro intentos por cada muerte.31 Lo que el registro no dice es cuánto de esa proporción se debe a la medicina.

Fuera de España, hay trabajos que han analizado las series de homicidio con datos de hospital. Estiman que parte de la caída del homicidio viene de que menos agresiones acaban en muerte, y no de que haya menos agresiones.32 Esos trabajos son de Estados Unidos, Dinamarca y Londres, y ninguno usa datos españoles.

Las muertes por homicidio pueden medir tanto la violencia como la medicina de urgencias. Para medir solo la violencia hay que sumarles los intentos.

Nada de esto convierte a España en un país inseguro. Su tasa de homicidios fue de 0,77 por cada cien mil habitantes en 2025. En 2024 era de 0,72, la que da Eurostat con los mismos 349 casos del Ministerio, frente a unos 0,88 en el conjunto de la Unión.33 Un nivel bajo y un mal año, como fue 2025, son compatibles.

Por qué es así

La Guardia Civil nació en 1844 como cuerpo militar, y ningún régimen la ha deshecho. La Policía Nacional actual, en cambio, es de 1986. La ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad fundió en un cuerpo civil al Cuerpo Superior de Policía y a la Policía Nacional, en la que servían militares.34 Las policías autonómicas integrales tomaron su forma actual con los estatutos vasco y catalán y el amejoramiento navarro, como parte de un pacto de autogobierno, aunque los Mossos d'Esquadra existían desde el siglo XVIII. Las locales son hijas de la autonomía municipal. La ley de 1986 puso esas piezas en un mismo marco. Pero no las fundió ni colocó a ninguna por encima de las demás.

Con la Ley de Seguridad Ciudadana pasa algo parecido: nadie la deshace. La de 1992 y la de 2015 las aprobaron gobiernos de distinto signo. A cada una la criticó una oposición que la mantuvo al llegar al Gobierno. La reforma de la ley de 2015 lleva tres intentos. El primero decayó al disolverse las Cortes, y el segundo lo rechazó en 2023 la comisión que lo tramitaba. El tercero lo presentaron en 2024 cinco grupos del Congreso. Estaba en la Comisión de Interior cuando se disolvieron las Cortes el 6 de octubre de 2026, y caducó.35 Mientras, la ley que se prometió derogar se sigue usando mucho.

Los números
Guardia Civil y Policía Nacional183.150 efectivos de plantillaMinisterio del Interior, marzo de 2026; el Gobierno da 159.075 agentes en diciembre de 2025
Plazas convocadas desde 201846.70624.314 de Policía Nacional y 22.392 de Guardia Civil
Policías por 100.000 habitantes3792024 · Puesto 8 de 24 en la Unión Europea · Alemania 320 · Parece contar solo los dos cuerpos estatales
Ciberdelitos489.248 en 2025El 19,8% de toda la criminalidad registrada
Delitos esclarecidos35,8% en 2023Homicidios consumados, 95%; hurtos, 20%; estafas informáticas, 10%
Duración máxima de la detención72 horasArt. 17.2 de la Constitución
Retención para identificar6 horasArt. 16 de la Ley Orgánica 4/2015
Sanciones de seguridad ciudadana285.418 en 2025178,7 M€; 327.761 en 2024; en Cataluña, País Vasco y Navarra, solo la Administración General del Estado
Infracción más sancionada de seguridad ciudadanaDrogas en la vía pública~201.000 en 2025, unas 550 al día
Homicidios consumados y en tentativa376 y 1.413 en 2025Casi cuatro intentos por cada muerte
Multas por infracción leve / grave / muy grave100-600 € / 601-30.000 € / 30.001-600.000 €Art. 39 de la Ley Orgánica 4/2015
Lanchas sospechosas de narcotráficoMás de 600Informe Anual de Seguridad Nacional 2025
Sentencia sobre grabar a la policíaSentencia del Constitucional 172/2020Anula la exigencia de autorización
Comparación europea

Francia tiene el mismo esquema dual —Police Nationale en las ciudades y Gendarmerie, militar, en el resto—, y es el modelo del que copió España. Italia tiene dos cuerpos nacionales y varios más; Alemania, policías de cada Land con una federal residual. Inglaterra y Gales tienen cuerpos territoriales sin policía nacional. Lo propio de España es que en la misma calle coinciden cuerpos estatales, autonómicos y locales.

En ratio de policías por habitante, España está en el tercio alto de la tabla europea. Eurostat, que aplica una definición común, le da 379 agentes por cada cien mil habitantes en 2024. Es el puesto ocho de los veinticuatro países de la Unión con dato. Por delante están, entre otros, Chipre (565), Grecia (559) y Portugal (438); por detrás, Alemania con 320 y Finlandia con 139.36 España está algo por encima de la media de la Unión, que ronda los 345 por cada cien mil. Con esa cifra está lejos del grupo de cabeza. Si la cifra deja fuera a las autonómicas y las locales, al sumarlas España subiría en la tabla: con la estimación de las locales, estaría en torno a 515, cerca de los países de cabeza, como Chipre (565) y Grecia (559).

En garantías del detenido, España incorporó en 2015 la directiva europea de 2013 sobre el derecho a abogado.37

Lo que se discute

¿Hay que derogar o mantener la Ley de Seguridad Ciudadana?

Derogar

La Ley de Seguridad Ciudadana permite sancionar sin juez conductas que rozan derechos fundamentales, como protestar o replicar a un agente. Y la prueba es la palabra de ese mismo agente. Recurrir cuesta más que pagar, así que la presunción de veracidad acaba decidiendo sola. Su uso real recae sobre los más pobres y sobre quien discute con la policía. Para ellos, una multa de cientos de euros es un castigo serio.

Mantener

Siete de cada diez sanciones de 2025 son por drogas, no por protestar. Una policía necesita un instrumento rápido frente a conductas que no son delito. Sin él, la alternativa es el juzgado o ninguna respuesta. El Constitucional ha validado casi todo el texto de la ley. Y la vía del juez sigue abierta para quien recurra.

EstablecidoQue la Ley de Seguridad Ciudadana sirve sobre todo para multar el consumo de drogas en la calle, y que su presunción de veracidad favorece al agente.
En disputaSi esa presunción es proporcionada.
No se sabeCuántas sanciones se recurren y cuántas se anulan, porque no se publica.

¿Sobra policía en España?

Sí

Hay varios cuerpos solapados en la misma calle, con duplicidades y una coordinación que cada reforma promete arreglar. Cada uno sostiene sus propios mandos, su formación y sus medios. Ese coste se discute poco porque la seguridad es la última partida que un gobierno quiere recortar.

No

Con la cifra de Eurostat, que parece contar solo los dos cuerpos estatales, la ratio española de policías por habitante está lejos del grupo de cabeza europeo. Las plantillas se concentran en unos territorios y faltan en otros. La baja criminalidad es en parte fruto de esa presencia. Lo que falla es el reparto, que se corrige moviendo plantillas entre territorios.

EstablecidoCon la cifra de Eurostat, que parece contar solo los dos cuerpos estatales, España tiene más agentes por habitante que Alemania y que la media de la Unión. Con esa cifra, tiene menos que el grupo de cabeza; con la estimación de las locales, se acercaría a él.
En disputaSi el problema es el número o el reparto entre cuerpos y territorios.
No se sabeLa ratio con todos los cuerpos, porque no hay un recuento oficial único de las locales y la única estimación publicada es aproximada. Tampoco cuánto delito evita cada agente adicional, porque los estudios que existen son de otros países.38
Cómo detectar que te venden humo

«Es obligatorio llevar el DNI.»

PrecisiónEs obligatorio identificarse cuando haya motivo, con el DNI o de otra manera. Lo que es infracción es negarse, no haberse dejado el carné en casa.

«La policía no puede pararte sin motivo.» / «La policía puede hacer lo que quiera.»

Tres títulosLa primera es cierta para la identificación. El agente necesita un indicio de infracción o una razón de prevención, que la ley deja amplia. No lo es para un control de alcoholemia, que no pide sospecha. La segunda es falsa. Cachear pide indicios de que se lleva algo peligroso o relevante, y detener fuera del delito flagrante pide una sospecha razonable. Entrar en casa o en el móvil exige orden judicial o permiso, salvo las urgencias que la ley tasa. Las dos fallan en lo mismo: no distinguen los tres títulos.

«La ley mordaza se usa para reprimir protestas.»

DatosSe usa, sobre todo, para multar el consumo de drogas en la calle. Las denuncias por drogas de 2024 fueron sobre todo de cannabis. La etiqueta describe mal lo que la ley hace la mayor parte del tiempo. Con las ordenanzas municipales, es la vía rápida de que dispone un agente ante conductas que no son delito. La crítica válida es otra: el mecanismo de prueba, la desproporción de las multas y que ninguna multa pase por un juez antes de imponerse. Esa crítica se sostiene sin exagerar el uso.

«Grabar a un policía es delito.»

SentenciaEl Constitucional anuló en 2020 la exigencia de autorización. Grabar es lícito. Solo la difusión que cree un riesgo concreto puede sancionarse. Y la ley no permite quitar el teléfono por grabar.

«España tiene el doble de policías que Alemania.»

Qué se cuentaCon la cifra de Eurostat, España tiene un 18% más de agentes por habitante que Alemania, lejos del doble. Si esa cifra deja fuera a las autonómicas y las locales, la distancia real es mayor. Cuánto mayor no se puede calcular con datos oficiales. La frase circula en las dos direcciones, para pedir recortes y para presumir de seguridad. En ninguna trae la cuenta.

«Con tantos policías, España debería ser el país más seguro.»

CausasEn homicidios, el delito que menos depende de la denuncia, España está por debajo de la media de la Unión. Lo que no se sabe es cuánto de eso se debe a la policía y cuánto a la sociedad. Quien atribuye todo a lo uno o a lo otro está adivinando.

«Las cifras de criminalidad están maquilladas.»

Qué mide esa casillaFalsear los recuentos es una acusación que pide prueba, y ninguna fuente consultada la aporta. Lo que deforma la serie es que cuenta denuncias. Eso pesa sobre todo en los delitos que casi no se denuncian, como el hurto, y apenas en el homicidio. El defecto funciona en las dos direcciones. La misma serie que se usa para decir que todo va bien esconde que en 2025 subieron las lesiones y las tentativas de homicidio. Hay que leer cada delito por separado y preguntar qué mide esa casilla.

«Las fuerzas de seguridad son las instituciones mejor valoradas.»

La defensa acríticaEstán entre las mejor valoradas. En la encuesta de la Fundación BBVA de principios de 2025, la Policía saca un 6,8 sobre 10 y la Guardia Civil un 6,7, por encima de los tribunales, con un 5.39 Pero una valoración media no dice quién valora. Fuera de España se ha medido que la valoración cae entre quienes tratan con la policía sin haberlo buscado.40 Si pasa lo mismo aquí, la institución tiene un problema que la media esconde: la valora bien quien no la trata y peor quien la trata.

Si te toca de cerca

Ante un requerimiento policial, lo que funciona es identificarse y no discutir en la calle. El agente debe exhibir su carné profesional si se lo piden, y su número va a la vista en el uniforme. Quien es detenido tiene derecho a un abogado, de oficio si no tiene, y a que se avise a alguien, y a no declarar contra sí mismo.

Pagar una multa leve o grave de seguridad ciudadana con la rebaja que prevé la ley supone renunciar a presentar alegaciones. Pagarla no cierra la puerta del juez.41

Notas
  1. Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra, art. 15.2: «La Policía Foral de Navarra es una Policía integral y de referencia que ejerce sus funciones en todo el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, sin perjuicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a las Policías Locales y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado». La Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, disposición final tercera, remite su régimen a la Ley Orgánica 13/1982, de amejoramiento del fuero, y encarga la coordinación con los cuerpos del Estado a la Junta de Seguridad. La Junta de Seguridad de Navarra del 30 de julio de 2026, la primera desde 2011, subió el techo de plantilla de la Policía Foral de los 1.200 agentes pactados en 2009 a 1.600 (250 más para seguridad ciudadana y 150 para tráfico) y acordó que el 112 recoja también las llamadas al 091 y al 062 y asigne cada emergencia policial según la posición y la disponibilidad «de las patrullas respectivas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad dependientes tanto del Gobierno de Navarra como del Ministerio del Interior» (nota del Gobierno de Navarra de 30 de julio de 2026, reproducida por La Administración al Día, del Instituto Nacional de Administración Pública). Consultado en octubre de 2026. ↩
  2. Real Decreto 252/2023, de 4 de abril, de traspaso a Navarra de las funciones de tráfico, y Real Decreto 277/2025, de 8 de abril, que lo amplía a «la función de detectar infracciones»: la facultad de sancionar, con esa ampliación, «tendrá efectividad a partir del día 1 de julio de 2026, correspondiendo hasta entonces su ejercicio a los órganos competentes de la Administración del Estado». La base es el art. 49.3 de la Ley Orgánica 13/1982, que atribuye a Navarra la ejecución de la legislación del Estado y «las funciones de vigilancia y control del tráfico». ↩
  3. Ministerio del Interior, nota de la oferta de empleo público de 2026, marzo de 2026, recogida por la revista del sector Defensa.com el 11 de marzo de 2026: desde 2018 se han convocado 46.706 plazas —24.314 de Policía Nacional y 22.392 de Guardia Civil—, lo que ha permitido «aumentar la plantilla de ambos cuerpos en torno a un 20 por ciento de media hasta alcanzar, en conjunto, los 183.150 efectivos». La de 2026 suma 6.094 plazas nuevas, 2.854 de Policía Nacional y 3.240 de Guardia Civil, con una tasa de reposición del 125% (Real Decreto 206/2026 y Real Decreto 207/2026, de 11 de marzo), y es, según el propio Ministerio, la mayor para las Fuerzas de Seguridad en quince años. Es una cifra del Ministerio que dirige a los dos cuerpos. En agentes, el propio Gobierno, en su respuesta a la pregunta escrita 184/35726 del Congreso (texto), da otra cifra: «Policía Nacional y Guardia Civil alcanzaron en conjunto los 159.075 agentes en diciembre de 2025, máximo histórico». ↩
  4. Eurostat define al agente de policía con un criterio común: entran la policía judicial, la de tráfico, la de fronteras, la gendarmería, la uniformada y la municipal, y quedan fuera, entre otros, el personal civil y administrativo (glosario de Eurostat). Los datos los aporta cada país desde sus fuentes oficiales, como los ministerios del Interior (metadatos de Eurostat), y la cifra española encaja con la plantilla de los dos cuerpos estatales: Eurostat cuenta en España 184.255 agentes en 2024 (serie `crim_just_job`), casi los mismos que los 183.150 efectivos de plantilla de Guardia Civil y Policía Nacional que da el Ministerio del Interior en marzo de 2026 (en agentes, el Gobierno da 159.075 en diciembre de 2025). Si la cuenta incluyera a los Mossos d'Esquadra, la Ertzaintza, la Policía Foral y las policías locales, la ratio sería más alta; no hay recuento oficial de estas últimas. Eurostat no detalla qué cuerpos cuenta España, y la misma cifra podría casar con otra suma de cuerpos. ↩
  5. Daniel Terrón Santos, «Municipios rurales de reto demográfico y garantía del servicio de policía local», Documentación Administrativa, núm. 12, 2024, del Instituto Nacional de Administración Pública: «España cuenta con unos 66 250 agentes de Policía local». El propio artículo la da como «cifra aproximada» y la toma de una compilación del portal de formación de opositores Campus Training de julio de 2021, que suma datos de cada comunidad autónoma de años distintos. La cuenta es 184.255 agentes de Eurostat más 66.250, que son 250.505, sobre los 48,6 millones de habitantes que implica la tasa de 379 por cien mil. No incluye a Mossos d'Esquadra, Ertzaintza ni Policía Foral. Consultado en octubre de 2026. ↩
  6. Ministerio del Interior, Anuario Estadístico de 2023, apartado 3.9.3, tabla 3-9-5: 287.240 habilitaciones de vigilante de seguridad en vigor a 31 de diciembre de 2023, y 446.407 habilitaciones de personal de seguridad privada de todo tipo (escoltas, vigilantes de explosivos, detectives, guardas rurales y otros). Una habilitación es la licencia para ejercer, que se conserva aunque no se trabaje. El control de las empresas y del personal de seguridad privada corresponde a la Policía Nacional (artículo 12.1.A.g de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad). El último anuario abierto en el portal estadístico del Ministerio es el de 2023. ↩
  7. Artículo 126 de la Constitución: «La policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente». La Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye esa función a todos los cuerpos, estatales, autonómicos y locales (art. 547), crea unidades de policía judicial que «dependerán funcionalmente de las autoridades judiciales y del Ministerio Fiscal» (art. 548.1) y dispone que los agentes a quienes se haya encomendado una investigación concreta «no podrán ser removidos o apartados» hasta que termine, o termine la fase del procedimiento que la originó, «si no es por decisión o con la autorización del juez o fiscal competente» (art. 550.2). El nombramiento y la carrera de esos agentes siguen dependiendo del Ministerio del Interior. ↩
  8. Artículos 18.1 y 20.1 de la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana. El 18.1 permite a los agentes «practicar las comprobaciones en las personas, bienes y vehículos que sean necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, explosivos, sustancias peligrosas u otros objetos», «cuando tengan indicios de su eventual presencia en dichos lugares». El 20.1 permite el registro corporal externo y superficial «cuando existan indicios racionales para suponer que puede conducir al hallazgo de instrumentos, efectos u otros objetos relevantes para el ejercicio de las funciones de indagación y prevención». Ninguno de los dos exige la sospecha de un delito concreto, que sí exige la detención (artículo 492 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). ↩
  9. Artículo 17.2 de la Constitución: «La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial». La detención que dura más de lo necesario es ilegal aunque no llegue a las setenta y dos horas, y es lo que permite revisar el habeas corpus. ↩
  10. STC 173/2011, de 7 de noviembre, y STS (Sala Segunda) 342/2013, de 17 de abril, que consagran el «entorno digital» del teléfono móvil como ámbito protegido por los derechos a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, con exigencia de autorización judicial salvo consentimiento o urgencia motivada; después codificado en los artículos 588 sexies a) a c) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por la Ley Orgánica 13/2015. ↩
  11. STC 172/2020, de 19 de noviembre, que resolvió el recurso contra la Ley Orgánica 4/2015 y avaló casi toda la norma con una excepción relevante: declaró inconstitucional y nulo el inciso «no autorizado» del artículo 36.23, es decir, la exigencia de autorización previa para captar o difundir imágenes de agentes. Lo que la ley puede seguir sancionando es el uso que ponga en peligro concreto la seguridad del agente o el éxito de una operación, y el Tribunal subrayó que una prohibición general previa con requisito administrativo era incompatible con las libertades de información y expresión. ↩
  12. Artículo 21 del Real Decreto 1484/1987, sobre uniformes y distintivos del Cuerpo Nacional de Policía: el personal de uniforme «llevará obligatoriamente el carné profesional, que será exhibido cuando sean requeridos para identificarse por los ciudadanos, con motivo de sus actuaciones policiales»; y, según el artículo 19.2, lleva en el uniforme la placa-emblema con el número identificativo personal. El Defensor del Pueblo recuerda ese deber en su resolución sobre la identificación de los agentes mediante el carné profesional, y observa que el número estaba a la vista, sin que constara un requerimiento expreso para facilitarlo. Consultado en octubre de 2026. ↩
  13. Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, y su reglamento, el Real Decreto 596/1999: las instalaciones fijas las autoriza el Delegado del Gobierno en la comunidad autónoma, previo informe de una comisión que preside el presidente del Tribunal Superior de Justicia, y no pueden autorizarse si ese informe estima que vulneran los criterios de la ley (artículo 3); señalización obligatoria y destrucción de las grabaciones en el plazo de un mes salvo que documenten una infracción. El marco del reconocimiento facial es el Reglamento (UE) 2024/1689, de inteligencia artificial, cuyo artículo 5 prohíbe la identificación biométrica remota en tiempo real en espacios de acceso público con fines policiales salvo supuestos tasados y con autorización previa de una autoridad judicial o administrativa independiente. ↩
  14. Respuesta del Gobierno a una pregunta escrita en el Congreso (184/99831, 8 de febrero de 2023): el sistema ABIS adapta a la Ley Orgánica 7/2021 el antiguo fichero de huellas SAID; guarda las reseñas dactilares y fotográficas de los detenidos, y las huellas y fotografías anónimas de sospechosos recogidas en la escena del delito. Su módulo de reconocimiento facial busca, a partir de una imagen captada en la comisión de un delito, candidatos entre las fotografías de las reseñas de detenidos, y los especialistas confirman o descartan cada uno a mano. El encaje con el Reglamento (UE) 2024/1689, cuyo artículo 5 prohíbe la identificación biométrica remota en tiempo real en espacios de acceso público salvo supuestos tasados, está discutido: España no ha aprobado una norma propia que regule el uso policial. Su marco legal es la Ley Orgánica 7/2021, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales, que no tiene reglas propias para el reconocimiento facial; el reglamento trata la comparación posterior de una imagen con una base de datos como un uso de alto riesgo. ↩
  15. Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial (121/000096), aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026 (nota del Ministerio para la Transformación Digital) y calificado por la Mesa del Congreso el 8 de junio. No regula los supuestos en que las fuerzas de seguridad pueden usar la identificación biométrica remota en tiempo real en espacios públicos, que el artículo 5 del Reglamento (UE) 2024/1689, de inteligencia artificial, solo permite si una ley nacional lo autoriza: tipifica como infracción grave usarla fuera de los casos del artículo 5.1.h del reglamento o sin la autorización previa de su artículo 5.3 (art. 21.3 del proyecto). Su capítulo tercero trata de los espacios controlados de pruebas. Consultado en septiembre de 2026, en trámite parlamentario. El Real Decreto 806/2026 disolvió las Cortes el 6 de octubre y caducó el proyecto (art. 207 del Reglamento del Congreso). ↩
  16. Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, que sustituyó a la Ley Orgánica 1/1992. Sus infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves (arts. 35 a 37), con multas de 100 a 600.000 euros (art. 39), y la presunción de veracidad de las denuncias de los agentes está en su artículo 52. ↩
  17. Ministerio del Interior, Anuario Estadístico de 2024, apartado 3.3 sobre actuaciones en materia de protección de la seguridad ciudadana (Ley Orgánica 4/2015), y la serie de infracciones totales a la ley del portal estadístico de criminalidad: 327.761 sanciones en 2024, 43.249 más que el año anterior, y 203,8 millones de euros, 29 más. Los anuarios de 2023 y 2022 dan 284.512 sanciones y 174 millones en 2023, y 227.080 sanciones y 148 millones en 2022. Lo que da el anuario es la cuantía de las multas impuestas, sin descontar la rebaja por pronto pago, y no lo recaudado (anuario de 2023, apartado 3.3). El portal estadístico de criminalidad del Ministerio da ya las de 2025 en su serie de infracciones totales a la ley, actualizada el 30 de septiembre de 2026: 285.418 sanciones y 178,7 millones de euros, un 13% menos que en 2024. Las estadísticas del Ministerio no incluyen las sanciones tramitadas por las policías autonómicas de Cataluña, País Vasco y Navarra. ↩
  18. El artículo 36.16 de la Ley Orgánica 4/2015, consumo o tenencia de drogas en lugares públicos, concentra el grueso de las sanciones de la ley. La serie del Ministerio del Interior sobre infracciones a la ley por hechos relacionados con drogas da 94.478 sanciones en 2020, 168.525 en 2021, 146.456 en 2022, 198.570 en 2023, 239.675 en 2024 y 201.073 en 2025; sobre las 285.418 sanciones totales de 2025, las de drogas son siete de cada diez, y sobre las 227.080 de 2022, casi dos de cada tres. El Observatorio Español de las Drogas y las Adicciones, en su informe de 2025 sobre la oferta de drogas, dice que «en 2024 la mayor parte de las detenciones y de las denuncias estuvieron relacionadas con los derivados del cannabis (43,2% y 67,4%, respectivamente)». En el de 2024, atribuía a esos derivados el 80,8% de las denuncias por consumo o tenencia ilícita de 2022. Esa estadística cuenta denuncias, 436.215 en 2024, y no sanciones impuestas. ↩
  19. Departamento de Seguridad Nacional, Informe Anual de Seguridad Nacional 2025, presentado en mayo de 2026: el Centro de Operaciones y Vigilancia Marítima de la Armada ha identificado más de seiscientas embarcaciones rápidas sospechosas de operar para el narcotráfico en las costas españolas, sobre todo en la zona del Estrecho. El informe describe una agresividad mayor: los narcotraficantes «en ocasiones, no dudan en embestir vehículos terrestres y embarcaciones cuando perciben riesgo de interceptación o pérdida de la droga», y se detecta «una mayor capacidad ofensiva (uso de armas de guerra)», aunque el número de incidentes violentos de 2025 «no ha sido especialmente elevado en comparación con años anteriores». Entre los hechos de 2025 cita la muerte de un agente de la Gendarmería en el Guadiana tras la embestida de una narcolancha contra su embarcación. Es una cuenta del propio Estado, no de una asociación profesional ni de un crítico externo. ↩
  20. La Fiscalía Especial Antidroga ordenó a principios de julio de 2026 (Canal Sur, 2 de julio de 2026) a los cuerpos que documenten con detalle cada ataque de narcolanchas contra embarcaciones oficiales —de la Guardia Civil, la Policía Nacional y Vigilancia Aduanera— en sus atestados, para que pueda perseguirse también como delito de piratería. Es un tipo penal pensado para los ataques contra buques, y su aplicación a las narcolanchas mide el cambio de escala. ↩
  21. La Moncloa, balance del Plan Especial de Seguridad para el Campo de Gibraltar de 2024, febrero de 2025: Policía Nacional y Guardia Civil impulsaron 12.068 operaciones contra las organizaciones dedicadas al narcotráfico y el contrabando en el territorio del plan, un 43% más que el año anterior, con 1.394 vehículos intervenidos —1.092 terrestres, 299 marítimos, en su mayoría narcolanchas y un 54,9% más que en 2023, y tres aéreos—. El efecto de esa presión es un desplazamiento: los narcos desvían las rutas a Málaga, Huelva y el Guadalquivir. ↩
  22. El Gobierno aprobó en julio de 2018 el Plan Especial de Seguridad para el Campo de Gibraltar (nota de La Moncloa). En julio de 2020 lo prorrogó y lo extendió a otras provincias (nota de La Moncloa), y en marzo de 2022 lo amplió a tres provincias andaluzas más (nota de La Moncloa), hasta cubrir Cádiz, Huelva, Málaga, Sevilla, Granada y Almería. El V Plan cuenta en 2026 con 38,2 millones de euros para refuerzos de plantilla y medios (nota de La Moncloa de marzo de 2026). Consultado en septiembre de 2026. ↩
  23. Ministerio del Interior, citado por Canal Sur: casi 17.000 agresiones a agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil en 2024, un 28% más que en 2019. La Confederación Española de Policía, que difundió el dato, lo llama «cifra récord». La noticia no detalla qué hechos incluye la cifra. ↩
  24. El fenómeno tiene nombre y bibliografía fuera de España. El estudio de los departamentos de Misuri posteriores a Ferguson, en Journal of Criminal Justice, mide la caída de la cantidad y la calidad de la actividad policial tras un episodio de escrutinio público; el análisis de la disposición de los agentes a implicarse con la comunidad, en Law and Human Behavior, encuentra el mismo repliegue. Que la actividad proactiva baja está documentado; que eso suba el delito sigue discutido. No hay trabajo equivalente con datos españoles, y el registro no permitiría hacerlo: no existe un dato de actuaciones no emprendidas. ↩
  25. Ministerio del Interior, Balance de Criminalidad del cuarto trimestre de 2025, introducción: recoge «la evolución de la criminalidad registrada en España durante los doce meses del año por la Policía Nacional, Guardia Civil, Ertzaintza, Mossos d'Esquadra, Policía Foral de Navarra, y también por aquellos Cuerpos de Policía Local que facilitan datos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado». ↩
  26. José Luis Díez Ripollés, Elisa García España, Fátima Pérez Jiménez, María José Benítez Jiménez y Ana Isabel Cerezo Domínguez, Encuesta a víctimas en España, Observatorio de la Delincuencia en Andalucía (ODA), Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología y Tirant lo Blanch, 2009, con trabajo de campo en 2008; resultados resumidos en Elisa García España y otros, «La evolución de la delincuencia en España: análisis longitudinal con encuestas de victimización», Revista Española de Investigación Criminológica, n.º 8, 2010. Las anteriores de ámbito nacional son de 1989 y 2005. La estadística de «victimizaciones» del Ministerio del Interior no es una encuesta: cuenta víctimas de delitos denunciados. La encuesta gallega es la de Alexandre Payno, Álvaro Montes y Ramón Arce, «Encuesta de victimización de conductas delictivas en Galicia, España, año 2022», de la Universidade de Santiago de Compostela, una comunicación a congreso con una muestra de 400 personas. La Encuesta de seguridad pública de Cataluña, de periodicidad bienal, la realiza el Departamento de Interior de la Generalitat. ↩
  27. Ministerio del Interior, Balance de Criminalidad del cuarto trimestre de 2025, que recoge el año entero: 31.481 delitos graves y menos graves de lesiones y riña tumultuaria, un 7,2% más que en 2024; 1.413 homicidios dolosos y asesinatos en grado de tentativa, un 5% más; y 21.659 delitos contra la libertad sexual, un 2,3% más. El balance cuenta hechos conocidos por la policía, no delitos cometidos. ↩
  28. Ministerio del Interior, Balance de Criminalidad del cuarto trimestre de 2025: 489.248 infracciones de cibercriminalidad en 2025, un 5,3% más que en 2024 y el 19,8% de toda la criminalidad registrada. Las estafas informáticas aportan 430.493, el 88%. En 2024 la cibercriminalidad había bajado un 1,4% (balance del cuarto trimestre de 2024). El informe anual de cibercriminalidad del Ministerio, de julio de 2026, cuenta los hechos conocidos con otro criterio y da cifras algo distintas. ↩
  29. Ministerio del Interior, Anuario Estadístico de 2023, apartado 3.1, tablas 3-1-1, 3-1-5 y 3-1-6: 845.845 hechos esclarecidos en 2023, el 35,8% de las infracciones penales conocidas. Por tipos, 315 homicidios y asesinatos consumados esclarecidos de 333 conocidos (el 95%), 132.759 hurtos de 665.622 (el 20%) y 42.838 estafas informáticas de 427.448 (el 10%); son cocientes propios. La Ertzaintza no facilita datos de esclarecimiento: el 35,8% del Ministerio la excluye del cálculo, y en los cocientes por tipo sus hechos conocidos están en el denominador, así que esas proporciones quedan algo por debajo de las reales. El último anuario abierto en el portal estadístico del Ministerio es el de 2023. ↩
  30. Artículo 284.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la redacción de la Ley 41/2015, de 5 de octubre, en vigor desde el 6 de diciembre de 2015: «cuando no exista autor conocido del delito la Policía Judicial conservará el atestado a disposición del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial, sin enviárselo», salvo en los delitos contra la vida, la integridad física, la libertad e indemnidad sexuales o relacionados con la corrupción, cuando una diligencia practicada pasadas setenta y dos horas haya tenido algún resultado, o cuando el fiscal o el juez soliciten la remisión. La policía tiene que avisar al denunciante, que puede reiterar la denuncia ante la fiscalía o el juzgado de instrucción. ↩
  31. Ministerio del Interior, balance de criminalidad de 2025: 376 homicidios dolosos y asesinatos consumados frente a 349 en 2024, un 7,7% más, y 1.413 en grado de tentativa, un 5% más. La proporción es de 3,8 tentativas por cada consumado. Los balances del cuarto trimestre de años anteriores dan 331 consumados en 2019, 298 en 2020, 290 en 2021, 326 en 2022 y 336 en 2023. ↩
  32. Anthony R. Harris, Stephen H. Thomas, Gene A. Fisher y David J. Hirsch, «Murder and Medicine: The Lethality of Criminal Assault 1960-1999», Homicide Studies, 6(2), 2002, págs. 128-166: estiman que sin las mejoras en atención de urgencias y cirugía de trauma la tasa de homicidio estadounidense de los años noventa habría sido varias veces mayor. En Europa: Asser H. Thomsen, Peter M. Leth y otros, «Improved medical treatment could explain a decrease in homicides with a single stab wound», Forensic Science, Medicine and Pathology, 2020 (428 homicidios por arma blanca en Dinamarca, 1992-2016); y Lucia Summers y Tim Rogers, «Too far for comfort? Situational access to emergency medical care and violent assault lethality», Crime Science, 9, 2020, que compara agresiones consumadas y en grado de tentativa en Londres según el tiempo de aviso a los servicios sanitarios. No hay trabajo equivalente con datos españoles. ↩
  33. Ministerio del Interior, Balance de Criminalidad del cuarto trimestre de 2025: 376 homicidios dolosos y asesinatos consumados, que sobre unos cuarenta y nueve millones de habitantes dan en torno a 0,77 por cada cien mil. Para España, Eurostat (serie `crim_off_cat`, homicidio intencionado por cien mil habitantes) da 0,69 en 2022 y 2023 y 0,72 en 2024; su recuento de ese año, 349 homicidios intencionados (la misma serie en números absolutos), es el de los 349 consumados del Balance del Ministerio, así que las dos tasas salen de la misma fuente nacional y la subida de 2025 es de casos, no de método. La serie no trae agregado de la Unión; Eurostat cuenta 3.953 homicidios intencionados en la Unión en 2024, que sobre los 449,5 millones de habitantes del 1 de enero de 2024 (tps00001) dan unos 0,88 por cada cien mil (cálculo propio). Consultado el 9 de octubre de 2026. ↩
  34. Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, disposición transitoria primera: integra en el Cuerpo Nacional de Policía (hoy Policía Nacional) a los Cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional, que quedan extinguidos. El preámbulo «consagra la naturaleza civil del nuevo Cuerpo», y la disposición transitoria primera.3 deja optar a «los miembros de las Fuerzas Armadas que […] venían prestando servicio en el Cuerpo de Policía Nacional». La Guardia Civil, creada en 1844, no cambia de naturaleza militar. Los Mossos d'Esquadra son un cuerpo «institucionalitzat a Catalunya des de 1719-21», cuyas atribuciones pasaron a la Generalitat en 1980 (Gran Enciclopèdia Catalana). ↩
  35. De los dos intentos anteriores, el de la XII Legislatura decayó al disolverse las Cortes. El de la XIV, la proposición de ley orgánica del Grupo Vasco para reformar la Ley Orgánica 4/2015, presentada el 13 de diciembre de 2019 y tomada en consideración por el Pleno el 29 de septiembre de 2020 por 203 votos contra 141, terminó cuando la Comisión de Interior rechazó el dictamen, el 14 de marzo de 2023. La Proposición de Ley Orgánica de protección de las libertades y seguridad ciudadana, de los grupos Socialista, Sumar, EH Bildu, Republicano y Vasco, se presentó el 4 de octubre de 2024, y el Pleno la tomó en consideración el 29 de octubre por 176 votos contra 170, es decir, la admitió a trámite. En ese debate el Grupo Vasco la presentó como el tercer intento de reforma que llegaba a tramitarse. El texto incluye un mandato para revisar la disposición adicional décima de la Ley Orgánica 4/2000, de extranjería, que ampara el rechazo en frontera. Según la ficha de la iniciativa en el Congreso, tras el debate de totalidad del 12 de diciembre de 2024 la tramitación seguía en la Comisión de Interior. El Real Decreto 806/2026 disolvió las Cortes el 6 de octubre y caducó la proposición (art. 207 del Reglamento del Congreso). ↩
  36. Eurostat, serie de personal de la justicia penal (`crim_just_job`), con una definición común a todos los Estados miembros; los datos de 2024 se publicaron el 29 de abril de 2026 (metadatos). España figura en 2024 con 379 agentes por cada cien mil habitantes, en el puesto ocho de los veinticuatro países de la Unión con dato (no lo tienen Francia, Italia ni Lituania); por delante están Chipre (565), Grecia (559), Croacia (522), Bulgaria (452), Portugal (438), Luxemburgo (396) y Malta (382); por detrás, entre otros, Alemania (320), Suecia (226), Dinamarca (194) y Finlandia (139). La media de la Unión sale de los 1.551.663 policías de 2024 entre unos 450 millones de habitantes: unos 345 por cada cien mil. Los metadatos advierten de que la comparación entre países se ve afectada, entre otras cosas, por la organización de la policía y por las definiciones nacionales. ↩
  37. La Ley Orgánica 13/2015, disposición final tercera: «Mediante esta ley se incorpora al Derecho español la Directiva 2013/48/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, sobre el derecho a la asistencia de letrado en los procesos penales y en los procedimientos relativos a la orden de detención europea». ↩
  38. Los trabajos de referencia son Rafael Di Tella y Ernesto Schargrodsky, «Do Police Reduce Crime? Estimates Using the Allocation of Police Forces after a Terrorist Attack», American Economic Review, 94(1), 2004, que mide un fuerte efecto disuasorio local de la vigilancia policial sobre los robos de coches en Buenos Aires, y Aaron Chalfin y Justin McCrary, «Are U.S. Cities Underpoliced? Theory and Evidence», Review of Economics and Statistics, 100(1), 2018, que, con ciudades de Estados Unidos entre 1960 y 2010, estiman que más agentes reducen el delito, con más precisión en los delitos más costosos. Ninguno es español. ↩
  39. Fundación BBVA, Estudio de opinión pública: Confianza en la Sociedad Española 2025, nota de prensa de 11 de febrero de 2025: «la Policía (6,8), la Guardia Civil (6,7) y el Ejército (6,7), cuentan con la confianza de una amplia mayoría de la sociedad española, seguidas por los tribunales de justicia (5)», en una escala de 0 a 10. Encuesta telefónica a 2.015 personas, con trabajo de campo en diciembre de 2024 y enero de 2025. La serie del Centro de Investigaciones Sociológicas sobre la confianza en la policía termina en 2015. Consultado el 9 de octubre de 2026. ↩
  40. El mecanismo —la valoración de la policía depende sobre todo de la calidad del trato en los contactos y cae en los grupos con más contactos involuntarios— está en Tom R. Tyler, Why People Obey the Law, Yale University Press, 1990, y en Jonathan Jackson y otros, «Why Do People Comply with the Law?», British Journal of Criminology, 52(6), 2012. Los dos trabajos usan datos de Estados Unidos y del Reino Unido. ↩
  41. Artículo 54 de la Ley Orgánica 4/2015: si la multa por una infracción leve o grave se paga en los quince días siguientes a la notificación del inicio del expediente, se reduce a la mitad y el procedimiento termina, con renuncia a presentar alegaciones; la multa se puede recurrir todavía ante un juzgado de lo contencioso-administrativo. ↩
Fuentes
  • Constitución Española, arts. 17, 18, 104 y 126. Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, art. 12 y disposición transitoria primera. Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, arts. 547-550 (policía judicial).
  • Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, arts. 16, 18-20, 35-37, 39, 52 y 54. Ley de Enjuiciamiento Criminal, arts. 118, 284.2, 490-492, 520 y 545-572; Ley Orgánica 6/1984, de habeas corpus. Ley 29/1998, de la jurisdicción contencioso-administrativa, art. 23.1.
  • Sentencia del Tribunal Constitucional 172/2020; Sentencia del Tribunal Constitucional 173/2011 y Sentencia del Tribunal Supremo 342/2013, sobre acceso a teléfonos móviles. Ley Orgánica 4/1997 (videovigilancia); Reglamento (UE) 2024/1689, art. 5.
  • Ministerio del Interior, Anuario estadístico (plantillas, sanciones por infracción, hechos esclarecidos y habilitaciones de seguridad privada).
  • Ministerio del Interior, Balance de criminalidad (trimestral y anual): series de homicidios consumados y en grado de tentativa, lesiones, delitos contra la libertad sexual, hurtos y cibercriminalidad.
Para saber más
  • Ministerio del Interior Anuario estadístico edición anual
    Plantillas, detenciones y sanciones por tipo; el dato que corrige el debate sobre la ley de 2015.
  • Diego López Garrido La Guardia Civil y los orígenes del Estado centralista Alianza, 2004
    De dónde viene el reparto policial español y por qué nadie lo ha cambiado.
  • Josema Vallejo y Samuel Vázquez Don't fuck the police La Esfera de los Libros, 2022
    La crítica al modelo policial desde dentro, en su versión más dura: mandos políticos, estadísticas sin contraste y una policía organizada para responder hacia arriba. Tesis fuertes, escritas para discutirlas.
  • Josema Vallejo y Samuel Vázquez España, zona de confort criminal La Esfera de los Libros, 2024
    La continuación: la multirreincidencia y la delincuencia organizada vistas desde la calle, con las propuestas de los autores. Se lee mejor junto a los datos del capítulo 5.3, sobre delito y castigo.
  • David Bayley Police for the Future Oxford, 1994
    Lo que se sabe sobre qué hace la policía por la seguridad y qué no, con datos de varios países.
Actualizado

16 de octubre de 2026 · fecha de corte de los datos: octubre de 2026

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