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España: Manual del ciudadano

Capítulo 8.6 · La vida regulada

Las redes que usas sin verlas

Quién tiende el cable, quién te lo alquila y quién te cobra

España tiene una de las mejores redes de fibra de Europa y un mercado que parece abierto y no lo es: detrás de decenas de marcas quedan cuatro redes. El regulador obligó a Telefónica a abrir sus conductos a los competidores, y la fibra se tendió a la vez.

La antena que no es de quien crees

En enero de 2026 Movistar, Orange y Vodafone subieron sus tarifas en torno a un 4%, y Digi no las subió, como tampoco O2, la segunda marca de Telefónica. Luego llegaron las portabilidades de julio, que son los cambios de compañía con el mismo número. Movistar y Digi cerraron julio con saldo neto positivo de portabilidad; Vodafone, MasOrange y el conjunto de los virtuales, con saldo negativo.1

En España hay decenas de compañías que venden telefonía móvil. Con red propia hay cuatro: Movistar, MasOrange, Vodafone y Digi. Digi fue la última en llegar. Empezó alquilando la red de Movistar y aún se apoya en ella donde no ha tendido la suya.2

Varias de las marcas baratas que se anuncian son segundas marcas de esos cuatro: Lowi es de Vodafone; O2, de Telefónica, la dueña de Movistar; Simyo y Pepephone, de MasOrange. El resto —las del supermercado, las del banco, las de la eléctrica— son operadores móviles virtuales. Alquilan la red de uno de los cuatro y le ponen su marca, su tarifa y su atención al cliente. La antena a la que se conecta tu móvil puede no ser de la compañía que aparece en tu pantalla.

Este reparto de redes se parece solo en parte al de la electricidad, que explica el capítulo 6.5, sobre energía, agua y territorio. Como allí, hay una infraestructura que no tiene sentido duplicar, la de las torres y los conductos, y se comparte. Pero aquí las redes activas sí se duplican. En la luz hay una distribuidora por zona, y en el móvil, cuatro redes que compiten. En los dos casos, el problema del cliente puede estar en la red o en quien se la vende.

Cómo funciona

Las tres capas, y en cuál está el problema

Una red de telecomunicaciones tiene tres capas (figura 117). Van desde la que pagas cada mes hasta la que nunca ves.

  • La infraestructura pasiva. Las torres, los conductos, los postes y la fibra oscura, la tendida sin equipos que la enciendan. Parte de las torres ya no son de los operadores, sino de sociedades especializadas que se las alquilan. Telefónica, por ejemplo, vendió en 2021 las suyas en España y otros países a American Tower.3 Cellnex, la antigua filial de telecomunicaciones de Abertis, compró casi cuatro mil torres a Telefónica y a Yoigo entre 2012 y 2014, y sus centros emisores son los que difunden la televisión digital terrestre de cobertura nacional.4 Es la capa más invisible.
  • La red activa. Las antenas, los equipos y el espectro radioeléctrico, que son las frecuencias por las que viajan las señales. El espectro es un bien de dominio público: el Estado lo concede y, cuando no hay para todos, lo licita.5 Aquí están los cuatro. Y aquí ocurre algo que el usuario no ve: algunos operadores se prestan red, con acuerdos como el de Digi y Movistar.6
  • El servicio minorista. La marca, la tarifa, la factura y el servicio de atención. Aquí están todos, los cuatro y los demás, y es la capa donde el usuario elige.

La tarifa se elige en la marca, y la cobertura viene con la red que hay debajo. Hay una posible excepción. El contrato mayorista de un operador virtual puede darle menos prioridad que a los clientes del dueño de la red cuando esta se satura, por ejemplo en un concierto.

La capa donde eliges también está concentrada

Las tres capas sugieren que abajo mandan cuatro y arriba compite todo el mundo. Los números de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el organismo que regula el sector, dicen otra cosa.

En julio de 2026 había más de sesenta y tres millones de líneas móviles en España, y los cuatro operadores con red tenían el 98,2%, con sus segundas marcas dentro. Los virtuales independientes se repartían el 1,8% restante.7 En banda ancha fija los cuatro sumaban el 94,4%.

La capa que parecía abierta está en manos de cuatro grupos y sus marcas, y la subida de enero lo mostró. Digi mantuvo sus precios y, en julio, seguía con saldo neto positivo de portabilidad. Los virtuales, en conjunto, lo tenían negativo. Digi hizo lo que se espera de un virtual, competir en precio, pero con red propia.

Esa red propia la hizo posible una condición de Bruselas. En febrero de 2024 la Comisión Europea autorizó la fusión de Orange y MásMóvil, que creaba el mayor operador por número de clientes. A cambio, MásMóvil tenía que ceder a Digi frecuencias en tres bandas para construir su red. Sin esa condición, según la Comisión, la fusión habría eliminado a un competidor cercano y podría haber subido los precios más de un 10%.8

En enero de 2026 tres de los cuatro operadores con red subieron sus tarifas; Digi, el cuarto, y O2, segunda marca de Telefónica, las mantuvieron.

Figura 117 · Tres capas, y solo ves la de arriba
DE TU FACTURA A LA TORRE · QUIÉN HAY EN CADA CAPA Servicio minorista Marca, tarifa y factura. Los cuatro, con sus segundas marcas: 98,2% de las líneas Operadores virtuales independientes: 1,8% de las líneas esto es lo que eliges Red activa Antenas, equipos y espectro. Aquí está tu cobertura Movistar · MasOrange · Vodafone · Digi no la ves la eliges con la marca Infraestructura pasiva Torres, conductos, postes, fibra oscura En parte, de sociedades de torres que la alquilan no la ves no la eliges CNMC, líneas móviles, julio de 2026.
De tu factura a la torre
  • Servicio minoristaMarca, tarifa y factura. Los cuatro, con sus segundas marcas, se llevan el 98,2% de las líneas, y los operadores virtuales independientes se reparten el 1,8%. Esto es lo que eliges.
  • Red activaAntenas, equipos y espectro: aquí está tu cobertura. Solo cuatro: Movistar, MasOrange, Vodafone y Digi. No la ves, y la eliges al elegir la marca.
  • Infraestructura pasivaTorres, conductos, postes y fibra oscura, en parte de sociedades de torres que la alquilan. No la ves ni la eliges.
Solo eliges la capa de arriba, y con ella, sin verla, la red activa de en medio, que es donde está la cobertura. Cambiar de marca sin cambiar de red no mueve la cobertura; pasar a una marca de otra de las cuatro redes, sí.

El acceso mayorista: alquilar la red al competidor

Que haya cuatro redes y no una viene de cómo se abrió la de Telefónica. Fue un monopolio público con toda la red de cobre del país metida en las casas. Privatizarla sin más dejaba esa red en manos de un único dueño privado.

Lo que hizo la Unión Europea, y España con ella, fue obligar al dueño de la red a alquilársela a sus competidores a un precio que fija el regulador. Se llama acceso mayorista regulado. En el cobre, un real decreto-ley de 2000 mandó abrir el bucle de abonado a partir de enero de 2001.9 Es el último tramo de cable hasta cada casa. El regulador era la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la CMT.

La CMT ya no existe. En 2013 se fusionó con la autoridad de competencia y con otros cuatro reguladores de sector en la CNMC, que heredó la regulación de las telecomunicaciones.10 Así quedaron en un solo organismo la competencia y la regulación de varios sectores. Los Países Bajos hicieron algo parecido aquel año, como cuenta el capítulo 8.1, sobre consumo y banca.

El móvil tuvo su propia regulación. En 2006 la CMT obligó a Telefónica Móviles, Vodafone y Amena, hoy dentro de MasOrange, a atender a precios razonables las peticiones de acceso a sus redes. Con ello buscaba que entraran operadores virtuales como las marcas del supermercado. En 2017 la CNMC quitó esa obligación. Entendió que el mercado tendía a la competencia efectiva.11

Por qué la fibra llegó antes a España

La fibra hasta el hogar llega a casi el 96% de los hogares españoles. Era el 95,9% en junio de 2025, según el informe de cobertura del Ministerio para la Transformación Digital.12 La Comisión Europea mide a todos los países con el mismo criterio, pero da sus datos más tarde que el ministerio. En su recuento de mediados de 2025, España tenía el 96% y la media de la Unión, el 74%.13 A finales de 2024, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), España estaba entre los tres países miembros donde más pesa la fibra en la banda ancha fija.

Se dan tres explicaciones de ese adelanto. Las dos primeras, el cobre peor y la vivienda en pisos, son hipótesis. La tercera, una decisión regulatoria, está documentada.

La primera es que España llegó tarde. Su cobre sería peor que el alemán, así que había menos que amortizar y más razón para saltar sin más a la fibra. Alemania, con una red de cobre excelente, tendría el incentivo contrario.

La segunda es urbanística. Los españoles viven sobre todo en pisos. Cablear un edificio de cuarenta viviendas cuesta una fracción de lo que cuesta cablear cuarenta chalés. La densidad que encarece la vivienda abarata la fibra.

El portal tiene además sus reglas. Desde 1998 todo edificio nuevo, o rehabilitado por completo, en propiedad horizontal necesita una infraestructura común de telecomunicaciones, con su proyecto técnico. En los antiguos, un operador puede tender la fibra por los elementos comunes y, si no es posible, por la fachada, avisando a la comunidad. Esta solo puede pararlo si ningún vecino la quiere o si la instala ella en tres meses.14

La tercera es regulatoria. En 2008 la CMT obligó a Telefónica a alquilar a sus competidores los conductos y las arquetas por donde pasan los cables. Varios operadores tendieron entonces su propia fibra por los mismos tubos. Lo que se compartió fue la obra civil. La fibra misma quedó casi fuera del alquiler obligatorio. La CMT lo limitó a un acceso de hasta 30 megas, por debajo de lo que esa técnica permite.15

La obligación de alquilar la fibra llegó después, y ya se ha retirado. Desde 2016 la CNMC obligó a Telefónica a alquilarla a sus competidores fuera de los municipios donde competían varias redes. En agosto de 2025 quitó esa obligación en todo el país, con seis meses de transición. Entendió que la competencia había mejorado lo bastante. Lo que sigue regulado es el acceso a los conductos y los postes de Telefónica.16

Donde el mercado no llegaba entró el dinero público, con programas como UNICO, pagado con fondos europeos.17 La brecha rural es de nueve puntos en las redes de gigabit, las que dan mil megas. Según el informe de cobertura que el ministerio publicó en marzo de 2026, con datos de junio de 2025, llegan al 95% de los hogares en el conjunto del país y al 86% en las zonas rurales.18

Lo que el Estado garantiza, y lo que no

Existe una obligación de servicio universal. Es un conjunto de servicios que tienen que estar al alcance de todo el mundo, en todo el territorio, a un precio que se pueda pagar. Da igual que al operador le salga a cuenta o no. Durante décadas fue el teléfono fijo. La ley de 2022 incluye una conexión de banda ancha de al menos 10 Mbps de bajada (megabits por segundo: los «megas» de las tarifas).19 La presta Telefónica, designada por el ministerio para 2025 y 2026. Es a ella a quien se pide. Un proyecto de orden de octubre de 2026 no la renueva: desde 2027 no habría operador designado.20

Esos diez megas son todo lo que el Estado garantiza. El mercado, con ayudas públicas donde no llegaba, ha llevado redes de gigabit al 95% de los hogares. El resto solo tiene derecho a ese mínimo.

Un proyecto de real decreto del servicio universal, en audiencia pública desde abril de 2026, sube el mínimo garantizado de diez a cien megas de descarga desde 2027, si se aprueba.

El proyecto cambia también quién presta el servicio y a quién le sale más barato: obliga a todos los operadores a ofrecerlo donde tengan cobertura. Y extiende las tarifas reducidas a los hogares que cobran el ingreso mínimo vital, unos ochocientos mil cuando se presentó.21 Admite además que los cien megas lleguen por fibra, por 5G (quinta generación de telefonía móvil) o por satélite.

Que el proyecto pueda fijar cien megas en 2027 casa con una red que ya llega muy lejos. Al servicio universal le queda el último tramo, el que a un operador no le saldría a cuenta. La ley va por detrás de la red.

El contrato: lo que se puede cambiar y cómo se sale

La subida de enero llegó al cliente a través del contrato, y ahí la Ley General de Telecomunicaciones le da una salida. Un operador solo puede cambiar las condiciones, precio incluido, por los motivos que el propio contrato prevé. Si lo hace, tiene que avisar con al menos un mes de antelación y decir en el mismo aviso que el cliente puede irse. Si el cliente no acepta el cambio, puede resolver el contrato —darlo por terminado— sin penalización, aunque tenga permanencia, en el plazo de un mes desde el aviso.22 Esa salida no existe si el cambio favorece solo al cliente, es administrativo o lo impone una norma.

Cada subida abre esa puerta un mes. Lo único que se sigue debiendo es el móvil o el router subvencionado que el cliente se quede, y como mucho por su valor pendiente o por lo que falte de la cuota de servicio, si es menos.23

Lo demás también juega a favor de quien se va. Los contratos con consumidores no pueden durar más de veinticuatro meses.24 Y el número es del cliente, que se lo lleva a la compañía nueva.25

Cuando algo sale mal, la reclamación tiene dos escalones. El primero es el propio operador. Si no responde, o la respuesta no convence, el segundo es la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, que depende del ministerio. Lo que resuelve obliga al operador.

En 2025 entraron en la Oficina 12.454 reclamaciones. De las 11.510 que resolvió, el 57% fue favorable al usuario, del todo o en parte, y el 15%, favorable al operador.26 El resto se cerró sin entrar en el fondo.

Por qué es así

El sistema de telecomunicaciones salió de una privatización y de la regulación que la corrigió. Telefónica se privatizó del todo en 1997. El Estado se quedó sin la empresa, pero con el poder de fijar las reglas del acceso a su red. Desde entonces el mercado se ordena así: la red es privada y el acceso a ella lo regula el Estado.

España no separó la red de Telefónica, como hizo el Reino Unido con la de British Telecom. El regulador abrió sus conductos para que los competidores pudieran tender su propia fibra. Separar la red se justifica cuando va a haber una sola, sobre la que compiten los servicios. En España se optó por que hubiera varias. En 2021 la CNMC contaba 696 municipios, con el 70% de la población, donde competían varias redes.27

El Estado ha vuelto en parte a la compañía. En diciembre de 2023 el Consejo de Ministros dejó a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) entrar en el capital de Telefónica. La SEPI gestiona las acciones que el Estado tiene en empresas. Hasta mayo de 2024 compró el 10%, que era el tope autorizado, por unos 2.300 millones de euros.28 Alegó su papel en la seguridad y la defensa y los intereses nacionales.

La entrada tuvo efectos en el gobierno de la empresa. La SEPI propuso un consejero, que desde febrero de 2025 es vicepresidente. En enero de 2025 el consejo invocó su «nueva estructura accionarial» y cambió al presidente ejecutivo por el de Indra, la empresa en que la SEPI tiene el 28%. La nota de Telefónica no dice qué accionista pidió el relevo.29 El capítulo 2.9, sobre el Estado empresario, cuenta quién nombra a los consejeros de las empresas participadas y qué presidencias han cambiado.

Y hay una tensión de fondo. El alquiler regulado deja entrar a competidores. Pero dos estudios con datos europeos encuentran que el acceso regulado reduce la inversión.30 Proteger al que invierte puede dejar un monopolio; proteger al competidor, redes sin renovar. Cada análisis de mercado de la CNMC decide sobre ese equilibrio. Lo hizo el de 2025, que dejó de regular la fibra y mantuvo regulados los conductos.

Los números
Operadores con red móvil propia4Movistar, MasOrange, Vodafone y Digi
Cuota de los cuatro operadores con red en líneas móviles98,2%Con sus segundas marcas; los operadores virtuales independientes se reparten el 1,8%
Cuota de los cuatro operadores con red en banda ancha fija94,4%Datos de la CNMC de julio de 2026
Líneas móviles en España~63,6 millonesJulio de 2026
Preaviso de una subida de tarifa1 mesY baja sin penalización aunque haya permanencia
Duración máxima del contrato24 mesesEn contratos con consumidores
Plazo de la portabilidad1 día hábilDesde el acuerdo con el nuevo operador
Reclamaciones resueltas a favor del usuario, 202557%Ante la Oficina de Atención al Usuario; 15% a favor del operador; en 2024, el 61%
Cobertura de fibra hasta el hogar95,9% de los hogaresMinisterio, junio de 2025 · Comisión Europea, con otro método y a mediados de 2025: España, 96,0%; media de la Unión, 74%; Francia, 92%; Alemania, 44%
Cobertura 5G99,3% de los hogares96% en zonas rurales; en la banda de 3,5 gigahercios, la de más capacidad, el 90% a mediados de 2025
Lo que garantiza el servicio universal10 MbpsProyecto de abril de 2026: 100 Mbps desde 2027, si se aprueba
Brecha rural en banda ancha de gigabit9 puntos95% de los hogares en total, 86% en zonas rurales, junio de 2025
Reguladores fusionados en la CNMC5 + competenciaMás la supervisión audiovisual, que no tenía regulador constituido; entre ellos la CMT, el de telecos
Participación de la SEPI en Telefónica10%2.285 millones de euros; compra acordada en diciembre de 2023 y completada en mayo de 2024
Año de la privatización total de Telefónica1997La SEPI volvió al capital en 2024
Comparación europea

En cobertura de fibra hasta el hogar, la Comisión Europea mide a todos los países con el mismo criterio. A mediados de 2025 la media de la Unión era el 74%.31 Alemania estaba en el 44%, seis de cada diez de esa media. España (96%) iba por delante de Francia (92%) y de Alemania. El 95,9% citado antes es el dato del ministerio, que no se compara punto por punto con el de la Comisión.

Lo que distingue a España es la mezcla. Hubo acceso a los conductos de Telefónica desde 2008. Y en los primeros años de la fibra, ninguna obligación de alquilarla salvo un acceso de hasta 30 megas. España no abrió antes que sus vecinos la red de su antiguo monopolio. Alemania obliga a alquilar el bucle de cobre, el último tramo de cable hasta cada casa, desde 1998.32 Francia abrió los conductos de France Télécom en 2008, el mismo año que España. El Reino Unido fue más lejos. En 2005 separó la red de British Telecom (BT) en una división, Openreach, que desde 2018 es una sociedad aparte.

Lo que se discute

¿Fue buena idea obligar a compartir la red?

Sí

El alquiler del cobre abrió el mercado a competidores sin red propia donde había un monopolio público ya privatizado. Y el acceso a los conductos permitió que varios operadores tendieran fibra a la vez. España tiene la mayor cobertura de fibra hasta el hogar de los grandes países europeos.

No, o no para la fibra

Obligar a alquilar la red le quita al dueño ganas de invertir. Él asume el riesgo mientras el competidor entra sin él. Para quien defiende esto, la fibra española lo muestra. Se tendió por primera vez cuando el alquiler obligatorio se quedó en 30 megas y lo que se compartía eran los tubos. En zonas donde solo compensa una red, obligar a compartirla puede significar que no se tienda ninguna.

EstablecidoEl alquiler del cobre abrió el mercado a competidores, y la fibra se extendió a la vez que el acceso a los conductos.
En disputaSi el acceso regulado sirve para la siguiente generación de redes o si frena que se tiendan.
No se sabeCuánto pesó en España ese freno. Dos estudios con datos europeos estiman que el acceso regulado frenó la inversión, pero sus muestras de varios países no aíslan el caso español.33

¿Debe el Estado estar en el capital de Telefónica?

Sí

Las redes son infraestructura crítica, y quien las controla importa para la seguridad. Estar dentro puede dar información y capacidad de veto que la regulación no da.

No

El Estado ya tiene la herramienta que necesita, que es el regulador. Ser accionista de una empresa a la que se regula puede crear un conflicto frente a sus competidores. Para proteger una red crítica hay normas que no exigen comprar acciones. Desde 2020, quien llegue desde fuera de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio al 10% de una empresa de comunicaciones necesita autorización del Gobierno. Y desde 2022 el Gobierno puede declarar de alto riesgo a un proveedor de equipos 5G y obligar a los operadores a sustituirlos.34

EstablecidoLa SEPI tiene el 10% de Telefónica, y el argumento oficial fue su carácter estratégico, también para la defensa. Ocho meses después de completar la compra, el consejo cambió de presidente invocando la nueva estructura accionarial.
En disputaSi entrar en el capital aporta algo que la regulación y esas autorizaciones no dieran ya, y si el Estado debe influir en quién dirige la empresa o limitarse a vigilar sus redes.
No se sabeQué accionista propuso el relevo de la presidencia, porque la empresa no lo ha dicho, y qué hará el Estado con su 10% si deja de invocarse ese interés estratégico.
Cómo detectar que te venden humo

«Cámbiate, que tenemos mejor cobertura.»

Con qué redSi quien lo dice es un operador virtual o una segunda marca, su cobertura es justo la de la red que usa. Lo que puede ser distinto es la prioridad cuando la red se satura. Si el cambio es de una red a otra, la cobertura sí puede cambiar, y se compara en los mapas del ministerio.

«En España vamos atrasados en internet.»

Al revésEn fibra hasta el hogar España va por delante de Francia y de Alemania. Donde queda una brecha es en las zonas rurales: nueve puntos en las redes de gigabit.

«El Estado tiene que garantizar fibra para todos.»

Quién paga el último 5%El servicio universal garantiza una velocidad, y el proyecto de 2026 admite que llegue por 5G o por satélite. Extender la obligación a la fibra es una propuesta legítima. Pero hay que decir cuánto costaría llevarla a los hogares que aún no la tienen y quién lo paga.

«Me han subido la tarifa, pero tengo permanencia: no puedo irme.»

Qué dice el avisoUna subida es un cambio del contrato, y solo cabe por los motivos que el contrato prevé. Quien no la acepta se va, en el plazo de un mes desde el aviso, sin penalización aunque esté en permanencia. El operador tiene que avisarla con antelación y decir en el mismo aviso que el cliente puede irse.

«Reclamar a la compañía no sirve de nada.»

Dónde está el segundo escalónReclamar solo a la compañía a veces no sirve. Pero detrás está la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, y lo que resuelve obliga al operador.35 De las 11.510 que resolvió en 2025, 6.531 fueron favorables al usuario.

«Las antenas son un peligro para la salud.»

Qué se mideLa exposición del público a las antenas tiene límites legales, los que el Consejo de la Unión Europea recomendó en 1999 a todos sus países.36 El ministerio publica lo que se mide. En 2024 registró en toda España más de un millón de mediciones, casi todas de su sistema de medición permanente. Los niveles siguieron, como en años anteriores, muy por debajo de esos límites. El ministerio mide que se cumple el límite; que el límite protege lo dice otra fuente. En 2020 la Organización Mundial de la Salud concluyó que ningún efecto adverso para la salud se había vinculado causalmente con la exposición a las tecnologías inalámbricas, y que no se preveían consecuencias para la salud pública mientras la exposición total quedara por debajo de las pautas internacionales. Advirtió también de que eran pocos los estudios en las frecuencias del 5G.37

Si te toca de cerca

La cobertura de un operador es la de la red de la que tira, y para la de una calle valen más los mapas oficiales del ministerio que el del anunciante. Si el operador sube la tarifa, el cliente puede irse sin pagar la permanencia.

La reclamación tiene dos escalones: el servicio de atención del propio operador y, después, la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, que depende del ministerio. Y donde no llega nada, el servicio universal lo presta Telefónica, el operador designado hasta el final de 2026.

Notas
  1. Las subidas de enero de 2026 de Movistar, Orange y Vodafone fueron de media «entre el 3,5 % y el 4 %», y «Digi y O2 mantienen sus precios» (ADSLZone, 2 de enero de 2026). En las portabilidades móviles de julio de 2026, «Movistar y DIGI registraron saldo neto positivo de portabilidad, mientras que Vodafone, MASORANGE y el conjunto de los OMV presentaron saldos negativos» (CNMC, 23 de septiembre de 2026). ↩
  2. CNMC, registro de operadores y datos mensuales de 2026. Telefónica, «Telefónica y DIGI firman un nuevo acuerdo de red móvil para los próximos 16 años», 9 de julio de 2024: acuerdo de itinerancia nacional («domestic roaming») y de compartición de la red de acceso radio («RAN sharing»), por 16 años y en vigor desde el 1 de enero de 2025, como evolución del contrato de acceso móvil que Digi ya tenía. Le permite apoyarse en la red de Movistar donde aún no tiene la propia. La fusión de Orange y MásMóvil en MasOrange, cerrada en 2024, dejó tres grupos con red plenamente desplegada; Digi es el cuarto. Consultado en octubre de 2026. ↩
  3. Telefónica, «Telefónica vende a múltiplos récord la división de torres de Telxius a American Towers por 7.700 millones de euros», 13 de enero de 2021, fecha de la firma del acuerdo, que cierra Telxius, filial de Telefónica, con American Tower: unos 30.700 emplazamientos en España, Alemania y cuatro países de América Latina. Consultado en octubre de 2026. ↩
  4. Cellnex Telecom, presentación de su salida a bolsa, Barcelona, 24 de abril de 2015: la sociedad venía de Abertis, que vendía en bolsa su participación, y había comprado 1.000 torres de telecomunicación a Telefónica en 2012, en tres fases, por 90 millones de euros, y 1.854 a Telefónica y Yoigo en 2013 y 2014 por 183 millones, y había cerrado en noviembre de 2014 la compra de otras 1.090 por 154 millones, que la CNMC identifica como torres de Telefónica (proyecto TESLA, expediente C/0604/14): casi cuatro mil entre 2012 y 2014; se presentaba además como primer operador de infraestructuras de radiodifusión en España para la televisión digital terrestre y la radio. Es la información de la propia empresa. CNMC, «Revisión del mercado mayorista de difusión de la señal de televisión», 14 de agosto de 2026: la consulta pública concluye de forma preliminar que Cellnex mantiene poder significativo en ese mercado, porque prestar el servicio con cobertura nacional exige una extensa red de centros emisores difícil de replicar, y los operadores alternativos «continúan dependiendo, en buena medida, del acceso a infraestructuras controladas por Cellnex». Consultados en octubre de 2026. ↩
  5. Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, art. 85.1 (el espectro radioeléctrico es un bien de dominio público, cuya titularidad y administración corresponden al Estado) y art. 89 (cuando se limita el número de concesiones en una banda, se tramita un procedimiento de licitación). ↩
  6. Telefónica, «Telefónica y DIGI firman un nuevo acuerdo de red móvil para los próximos 16 años», 9 de julio de 2024: itinerancia nacional y «RAN sharing» entre Telefónica y Digi, en vigor desde el 1 de enero de 2025. Consultado en octubre de 2026. ↩
  7. CNMC, datos mensuales del sector de las telecomunicaciones, julio de 2026, nota de prensa de 23 de septiembre de 2026: «El total de líneas móviles alcanzó los 63,61 millones en julio», y «Movistar, Vodafone y MASORANGE concentraron el 85,4 % de las líneas móviles. Si se incluye DIGI, la cuota conjunta ascendió al 98,2 %»; el 1,8% restante es de los operadores móviles virtuales independientes; la CNMC no da en estas notas cuántos son, y habla de «el conjunto de los OMV». En banda ancha fija, «el 79,8 % de las líneas de banda ancha fija se concentró en Movistar, Vodafone y MASORANGE. Si se añade DIGI, este porcentaje ascendió al 94,4 %». ↩
  8. Comisión Europea, «Commission approves joint venture between Orange and MásMóvil in Spain, subject to conditions», IP/24/928, 20 de febrero de 2024: la operación crearía el mayor operador de España por número de clientes, eliminaría «a close and important competitor» y podría haber llevado a subidas de precios «well above 10%». Para autorizarla, Orange y MásMóvil se comprometieron a ceder a Digi espectro de MásMóvil en las bandas de 1.800 MHz, 2.100 MHz y 3,5 GHz, que le permitirá construir su propia red, y a ofrecerle un acuerdo de itinerancia nacional opcional. Consultado en octubre de 2026. ↩
  9. Real Decreto-ley 7/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes en el sector de las telecomunicaciones, art. 2: el Gobierno establecerá las condiciones para que, a partir de enero de 2001, los operadores dominantes de redes públicas telefónicas fijas faciliten el acceso desagregado y compartido al bucle de abonado. ↩
  10. Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que integró en un solo organismo la Comisión Nacional de la Competencia y cinco reguladores sectoriales: la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de Energía, la Comisión Nacional del Sector Postal, el Comité de Regulación Ferroviaria y la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria. Asumió también la supervisión audiovisual del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, que no había llegado a constituirse. La ley suprimió además la Comisión Nacional del Juego, cuyas funciones pasaron al Ministerio de Hacienda. ↩
  11. Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, análisis del mercado de acceso y originación de llamadas en las redes móviles (el «mercado 15»), febrero de 2006: apreció una posición de dominio conjunta de Telefónica Móviles, Vodafone y Amena y les impuso poner a disposición de terceros los servicios de acceso y atender las peticiones razonables de acceso a sus redes a precios razonables, para estimular la entrada de operadores móviles virtuales. Al desregular, la CNMC señaló que el mercado tendía hacia la competencia efectiva, que había casi treinta virtuales y que los precios mayoristas que pagaban a las redes se habían ido reduciendo. La CNMC propuso en febrero de 2017 eliminar esas obligaciones en un plazo de seis meses y desreguló el mercado ese año (expediente ANME/DTSA/002/16). El debate previo lo resume el blog de la CNMC en «¿Desregular el mercado de los móviles virtuales (OMV)?». ↩
  12. Ministerio para la Transformación Digital, Informe de cobertura de banda ancha en España, publicado en marzo de 2026 con datos de junio de 2025, y sus tablas de cobertura por municipio, provincia, comunidad y total nacional: la fibra hasta el hogar llega al 95,92% de los hogares (95,04% un año antes), el 5G al 99,27% (de la población, que el ministerio da por asimilable a los hogares) y la velocidad de un gigabit al 94,9%. La Comisión Europea da una cifra parecida en su informe de cobertura de 2026: fibra hasta el local en el 96,0% de los hogares a mediados de 2025. FTTH Council Europe sitúa a España en cabeza de los grandes países europeos, muy por delante de Alemania. Según las estadísticas de banda ancha de la OCDE, con datos de diciembre de 2024 publicados en 2025, la fibra es el 89% de las líneas de banda ancha fija en España, el tercer peso más alto de sus países miembros, tras Islandia (93%) y Corea del Sur (90,5%). La OCDE no cuenta a China ni a otros mercados asiáticos con mucha fibra. ↩
  13. Comisión Europea, Digital Decade 2026: Connectivity Coverage in Europe 2025, informe final publicado el 17 de junio de 2026 con datos de mediados de 2025 (tablas de cada país): la fibra hasta el local llegaba al 74,1% de los hogares de la Unión, al 96,0% en España, al 91,7% en Francia y al 44,0% en Alemania. ↩
  14. Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, arts. 2 y 3: no se autoriza la construcción o la rehabilitación integral de un edificio en propiedad horizontal si el proyecto no incluye una infraestructura común propia, con su proyecto técnico firmado por un titulado competente. Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, art. 55: donde no hay infraestructura común, o la que hay no permite el acceso a redes fijas de alta y muy alta capacidad, el operador puede instalar los tramos finales usando los elementos comunes y, si no es posible por razones técnicas o económicas, las fachadas, después de comunicarlo por escrito a la comunidad. No puede hacerlo si en un mes la comunidad acredita que ningún copropietario ni arrendatario está interesado, o afirma que hará ella la instalación en los tres meses siguientes. Consultados en octubre de 2026. ↩
  15. Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, análisis de los mercados mayoristas de acceso físico a la red y de banda ancha (mercados 4 y 5), 22 de enero de 2009: confirmó con carácter definitivo las medidas cautelares de 8 de mayo de 2008 e impuso a Telefónica, como operador con poder significativo de mercado, la obligación de alquilar a los demás operadores su infraestructura de obra civil —conductos, arquetas y canalizaciones hasta la base de los edificios— para favorecer el despliegue de fibra, y la de ofrecer un acceso indirecto mayorista de hasta 30 Mb/s. Las condiciones y los precios del acceso a los conductos están en la oferta MARCo, disponible desde 2008: la CMT recuerda que la resolución de 8 de mayo de 2008 impuso, como medida cautelar, «obligaciones de facilitar acceso a las infraestructuras de obra civil de Telefónica», y que esta fijó el 16 de septiembre de 2008 como fecha de disponibilidad efectiva del servicio (acuerdo de 24 de octubre de 2008). Lo resume la CNMC en su página sobre la concreción de las obligaciones y en la actualización de la oferta MARCo. La CNMC recuerda también que la Comisión Europea atribuyó el rápido despliegue de la fibra en España a la obligatoriedad del acceso a los conductos de Telefónica y a las obligaciones simétricas de 2009 (blog de la CNMC, «El crecimiento de las redes de fibra óptica en España, según la Comisión Europea»). ↩
  16. CNMC, «La CNMC aprueba la regulación mayorista de los mercados de banda ancha», 25 de febrero de 2016: Telefónica tenía que dar acceso a su red de fibra en todo el país salvo en 66 municipios, con el 35% de la población, donde al menos tres operadores desplegaban redes de nueva generación. CNMC, «La CNMC aprueba la regulación de los mercados mayoristas de fibra óptica», 15 de octubre de 2021: la zona competitiva pasó a 696 municipios, con el 70% de la población, y la obligación quedó en los 7.453 restantes. CNMC, «La CNMC desregula los mercados mayoristas de banda ancha fija», 13 de agosto de 2025: Telefónica deja de estar obligada a ofrecer en condiciones reguladas sus servicios mayoristas de fibra (NEBA local y NEBA fibra), tras seis meses de transición, y se mantiene la regulación del acceso a sus canalizaciones y postes (la oferta MARCo), a precios orientados a costes, mientras la CNMC completa el análisis de ese mercado. Consultado en septiembre de 2026. ↩
  17. Ministerio para la Transformación Digital, programa UNICO (Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión), financiado por la Unión Europea con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, para llevar redes de muy alta velocidad a zonas sin cobertura adecuada ni previsión de despliegue (Plan de Recuperación, «Conoce el programa UNICO de Impulso a la Banda Ancha»). Consultado en octubre de 2026. ↩
  18. Ministerio para la Transformación Digital, Informe de cobertura de banda ancha en España, edición de marzo de 2026, con datos a 30 de junio de 2025: las redes capaces de dar un gigabit por segundo alcanzan al 94,90% de los hogares en el conjunto de España y al 86,01% en las zonas rurales. Cifras muy próximas, con datos de 2024, da la Comisión Europea en el DESI para las redes fijas de muy alta capacidad: 95,0% y 86,3%. ↩
  19. Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, título III, y su desarrollo reglamentario: el servicio universal (art. 37) comprende una conexión de banda ancha a una velocidad mínima de 10 Mbps de bajada, disponible para todos los usuarios finales con independencia de su localización y a precio asequible. La obligación recae sobre el operador designado, y su coste se financia por el mecanismo previsto en la propia ley. La cobertura real muy superior a ese mínimo es un resultado de mercado, no una exigencia legal. ↩
  20. El ministerio optó por designar directamente a Telefónica de España como operador del servicio universal para 2025 y 2026, porque en la consulta previa a la licitación no se presentó ningún otro candidato; la CNMC informó el borrador de la orden de designación en el expediente IPN/CNMC/042/24. Telefónica ya era el operador designado por la Orden ECE/1280/2019, de 26 de diciembre. El proyecto de orden de octubre de 2026 recuerda que la designación de Telefónica, por Orden de 29 de enero de 2025, acaba el 31 de diciembre de 2026, y fija que «El cese debe producir efectos desde el 1 de enero de 2027»: sin operador designado, cada operador lo ofrecería en su zona de cobertura. Consultado en octubre de 2026. ↩
  21. Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, nota de prensa de abril de 2026 y proyecto de real decreto que aprueba el reglamento del servicio universal, sometido a audiencia pública el 22 de abril de 2026: eleva la velocidad mínima del servicio universal de 10 a 100 Mbps de bajada, con 5 Mbps de subida y una latencia máxima de 690 milisegundos, a partir del 1 de enero de 2027; obliga a todos los operadores a ofrecer el servicio en su zona de cobertura, y amplía las tarifas reducidas a los perceptores del ingreso mínimo vital, unos 800.000 hogares. El planteamiento se apoya en la fibra, las redes móviles 5G y las soluciones por satélite. La CNMC había instado en enero de 2025 a actualizar el servicio universal, y en julio de 2026 informó el proyecto: lo avaló y planteó mejoras en la prestación del servicio y en las tarifas sociales. De aprobarse, según el ministerio, España sería «el primer país de Europa en ofrecer esta velocidad dentro del Servicio Universal». Los 879.225 hogares que cobraban el ingreso mínimo vital en julio de 2026 son el dato de La Moncloa del 7 de agosto de 2026 que da el capítulo 7.5, sobre la protección frente a la pobreza. ↩
  22. Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, en el régimen de derechos de los usuarios finales (art. 67.8). Las modificaciones del contrato, incluidas las de precio, deben notificarse con al menos un mes de antelación e informar expresamente del derecho a resolver el contrato de forma anticipada y sin penalización si no se aceptan las nuevas condiciones; el derecho se ejerce en el plazo de un mes a partir de la comunicación. El mismo artículo dice que «únicamente podrán modificarse unilateralmente las condiciones de un contrato [...] por los motivos válidos expresados en él», y que el derecho de rescindir no se aplica si los cambios son «exclusivamente en beneficio del usuario final», de «naturaleza estrictamente administrativa» sin efectos negativos para el usuario, o «vengan impuestos normativamente». Lo recuerdan la CNMC en ¿Qué pasa cuando un operador de telecos sube los precios? y el servicio Consumo Responde. ↩
  23. Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, art. 67.10: cuando el usuario tiene derecho a resolver el contrato antes de que acabe el periodo pactado, «no deberá abonar ninguna compensación excepto por el equipo terminal subvencionado que conserve», y esa compensación no puede exceder de su valor prorrateado al terminar el contrato o de lo que quede de la cuota de servicio hasta el final, si es menor. Consultado en octubre de 2026. ↩
  24. Ley 11/2022, que traspuso el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas: la duración máxima de los contratos con consumidores es de veinticuatro meses (art. 67.7: «no tendrán un período de vigencia superior a veinticuatro meses»). La ley limita la vigencia del contrato, no la permanencia como tal. Lo explica la Organización de Consumidores y Usuarios en su nota sobre la ley. ↩
  25. CNMC, condiciones para la portabilidad y especificación técnica de los procedimientos de conservación de numeración móvil: el cambio de compañía con conservación del número se hace en un día hábil desde el acuerdo con el nuevo operador, entendiendo por hábil de lunes a viernes de 8.00 a 20.00 horas. El usuario puede pedir un plazo mayor. ↩
  26. Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones y Servicios Digitales, Informe OAUT. Datos 2025: 12.454 reclamaciones recibidas, un 29,21% más que las 9.638 de 2024, y 11.510 resueltas. De las resueltas, 6.420 se estimaron total o parcialmente y 111 se archivaron por acuerdo con el usuario: 6.531 (56,74%) favorables al usuario; 1.694 (14,72%) se desestimaron, a favor del operador, y 3.285 (28,54%) se cerraron sin entrar en el fondo por desistimiento, inhibición o inadmisión. En 2024 habían sido favorables el 61,04% (Informe OAUT. Datos 2024). ↩
  27. CNMC, «La CNMC aprueba la regulación de los mercados mayoristas de fibra óptica», 15 de octubre de 2021: la zona competitiva pasó a 696 municipios, con el 70% de la población. ↩
  28. El Consejo de Ministros autorizó el 19 de diciembre de 2023 a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a adquirir hasta el 10% del capital de Telefónica, porque la empresa «desarrolla actividades relevantes para la economía y el tejido productivo, incluyendo las relacionadas con la seguridad y la defensa», y porque un accionista público reforzaría «su estabilidad accionarial y, en consecuencia, [...] las capacidades estratégicas y de esencial importancia para los intereses nacionales». La SEPI completó la compra entre el 15 de febrero y el 20 de mayo de 2024: 567.016.155 acciones a un precio medio de 4,0295 euros, unos 2.285 millones en total (SEPI, 20 de mayo de 2024). La operación siguió a la entrada de la saudí STC en el capital. Es la misma figura que describe el capítulo 2.9, sobre el Estado empresario: el Estado dentro de una sociedad cotizada, con las obligaciones de un accionista y los objetivos de un gobierno. ↩
  29. Telefónica, «Marc Murtra, nuevo presidente ejecutivo de Telefónica», 18 de enero de 2025: «A la vista de la nueva estructura accionarial de Telefónica y de que algunos de sus accionistas relevantes han expresado la conveniencia de emprender una nueva etapa en la Presidencia ejecutiva», el consejo pidió la dimisión a José María Álvarez-Pallete y nombró presidente ejecutivo a Marc Murtra, hasta ese día presidente ejecutivo de Indra. El 6 de marzo de 2025 nombró consejero delegado a Emilio Gayo en sustitución de Ángel Vilá (otra información relevante). El consejero propuesto por la SEPI, Carlos Ocaña, entró por cooptación el 8 de mayo de 2024 (informe del consejo para la junta de 2025) y es vicepresidente desde el 26 de febrero de 2025 (otra información relevante). ↩
  30. Michał Grajek y Lars-Hendrik Röller, «Regulation and Investment in Network Industries: Evidence from European Telecoms», Journal of Law and Economics, 55(1), 2012: con datos de más de setenta operadores fijos de veinte países durante diez años, estiman que el acceso regulado reduce la inversión del conjunto del sector y la de cada operador. Wolfgang Briglauer, Carlo Cambini y Michał Grajek, «Speeding up the internet: Regulation and investment in the European fiber optic infrastructure», International Journal of Industrial Organization, 61, 2018: con datos de los veintisiete Estados de la Unión, un acceso regulado más estricto reduce la inversión en fibra del antiguo monopolio, y no la de los operadores de cable. Consultado en septiembre de 2026. ↩
  31. Comisión Europea, Digital Decade 2026: Connectivity Coverage in Europe 2025, con datos de mediados de 2025: la fibra hasta el local llegaba al 74,1% de los hogares de la Unión y al 44,0% en Alemania, el 59% de la media (un año antes, Alemania 36,8% y la Unión 69,2%). Es la tabla de la nota 13. Consultado en octubre de 2026. ↩
  32. En Alemania, la ley de telecomunicaciones de 1996 obligó a Deutsche Telekom a dar a sus competidores acceso desagregado al bucle de abonado desde el 1 de enero de 1998, como recuerda el Tribunal de Justicia de la Unión en el asunto C-55/06, Arcor; el precio de ese acceso lo discutía el regulador de entonces en marzo de ese año (nota de prensa de 10 de marzo de 1998 sobre la solicitud de tarifas del bucle de abonado, en el archivo de la Bundesnetzagentur). En Francia, el regulador impuso a France Télécom la obligación de dar acceso a su obra civil a los demás operadores para desplegar fibra en su decisión n.º 2008-0835, de 24 de julio de 2008, y France Télécom publicó su oferta de acceso a los conductos el 15 de septiembre de ese año. En el Reino Unido, Openreach nació de los compromisos que BT ofreció al regulador en 2005, y desde el 1 de octubre de 2018 es una sociedad separada de BT, con personal y dirección propios (Ofcom). Consultado en septiembre de 2026. ↩
  33. Los dos estudios citados en «Por qué es así», el de Grajek y Röller (2012) y el de Briglauer, Cambini y Grajek (2018), estiman un efecto medio con paneles de operadores y de países europeos, sin separar el de España. ↩
  34. Artículo 7 bis de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, añadido en 2020 por el Real Decreto-ley 8/2020: la inversión de un residente de fuera de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio, o de una sociedad de dentro controlada desde fuera, que alcance el 10% del capital o el control de una sociedad española en sectores como las infraestructuras críticas, comunicaciones incluidas, necesita autorización previa. Es el mismo mecanismo que cuenta el capítulo 2.9, sobre el Estado empresario. Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo, sobre requisitos para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas de quinta generación, art. 14: el Consejo de Ministros, previo informe del Consejo de Seguridad Nacional, puede calificar de alto riesgo a un suministrador de equipos 5G, valorando sus garantías técnicas y su exposición a injerencias externas, y fijar un plazo, nunca inferior a un año, para que los operadores sustituyan sus equipos. Consultados en octubre de 2026. ↩
  35. Orden ITC/1030/2007, de 12 de abril, que regula el procedimiento, y Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, reclamaciones. La reclamación al operador se presenta en el mes siguiente a conocer el hecho; si el operador no responde en un mes o la respuesta no satisface, hay tres meses para acudir a la Oficina, que resuelve en un máximo de seis meses con una resolución de obligado cumplimiento para el operador. ↩
  36. Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas: su capítulo II (artículos 6 y 7) y su anexo II fijan los límites de exposición del público, que adoptan los criterios de la Recomendación 1999/519/CE del Consejo, de 12 de julio de 1999, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz). El Ministerio para la Transformación Digital publica las mediciones en su servicio de información sobre estaciones radioeléctricas y en un informe anual sobre niveles de exposición. El de 2024 suma 1.089.591 mediciones hechas ese año en toda España, 1.083.306 de ellas del sistema de medición permanente (las 89.027 medidas de las certificaciones de los operadores son aparte y no forman parte de ese total), y concluye que los niveles medidos siguen, como en años anteriores, muy por debajo de los límites del Real Decreto 1066/2001. Consultado en septiembre de 2026. ↩
  37. Organización Mundial de la Salud, «Radiation: 5G mobile networks and health», 27 de febrero de 2020: «To date, and after much research performed, no adverse health effect has been causally linked with exposure to wireless technologies»; «so far, only a few studies have been carried out at the frequencies to be used by 5G»; «Provided that the overall exposure remains below international guidelines, no consequences for public health are anticipated». Consultado en octubre de 2026. ↩
Fuentes
Para saber más
Actualizado

16 de octubre de 2026 · fecha de corte de los datos: octubre de 2026

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